Periódico Oficial del Estado de México del día 19/09/2018 (Sección Séptima)
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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)
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19 de septiembre de 2018
desarrollo humano, económico y sobre todo, para que los consumidores adquieran alimentos saludables.
Para garantizar la comercialización y el consumo de productos de origen animal de alta calidad sanitaria, es indispensable establecer disposiciones que tiendan al logro de una prevención y control más estrictos, acudiendo al sistema de derecho penal para disuadir la propagación de enfermedades del ganado bovino, quien utilice cualquier contaminante de los referidos en la Ley Federal de Sanidad Animal en el ganado, así como su ilegal movilización, contribuyendo al desarrollo de una adecuada trazabilidad del ganado y mejorar el sector agropecuario y la salud en general.
Cabe mencionar que la propuesta del delito que nos ocupa, ya es contemplado por algunas entidades federativas del país, en sus disposiciones sustantivas penales, como son Campeche, Chihuahua y Durango, las cuales sancionan la introducción, movilización y comercialización de ganado bovino que no cumpla con la normatividad de la materia y al que pretenda documentar ese tipo de ganado como nacido en zona de baja prevalencia y acreditada en la Entidad, sin serlo.
Por lo expuesto, se somete a consideración de ese H. Cuerpo Legislativo la presente Iniciativa, para que, de estimarla correcta se apruebe en sus términos.
ATENTAMENTE
DIP. RAFAEL OSORNIO SÁNCHEZ
DIPUTADO POR EL DISTRITO XIII
RÚBRICA.