Periódico Oficial del Estado de México del día 27/03/2017 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 40

27 de marzo de 2017
fecha quince de marzo de dos mil diecisiete, dicha Comisión erigida y constituida en Convención Nacional Electoral, determinó desistirse y en consecuencia, separarse de manera total, inmediata e irrevocable de la coalición electoral denominada EL CAMBIO ES POSIBLE para la elección constitucional al cargo de Gobernador en el Estado de México, a celebrarse el próximo cuatro de junio del presente año.

SEGUNDO.-

Se tiene por disuelto el Convenio de Coalición que celebraron el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo, denominada EL CAMBIO ES POSIBLE, para contender en el Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, para elegir Gobernador Constitucional del Estado de México, para el periodo comprendido del 16
de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023.

TERCERO.-

Se deja sin efectos el registro del Convenio de Coalición que celebraron el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo, denominada EL CAMBIO ES POSIBLE, para contender en el Proceso Electoral Ordinario 2016-2017, para elegir Gobernador Constitucional del Estado de México, para el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023, aprobado mediante Acuerdo IEEM/CG/35/2017, de fecha dos de febrero de dos mil diecisiete.

CUARTO.-

Se dejan a salvo los derechos de los partidos políticos que integraron la Coalición que se tuvo por disuelta en el Punto Primero del presente Acuerdo, así como el de los procesos internos que llevaron a cabo, en su caso, para la designación de sus candidatos.

QUINTO.-

Notifíquese a las representaciones de los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo, ante este Órgano Superior de Dirección, la aprobación del presente Acuerdo para los efectos conducentes.

SEXTO.-

Hágase del conocimiento el presente Acuerdo a la Dirección de Organización, así como a la de Participación Ciudadana para que de ser el caso, provean lo necesario respecto de la documentación electoral y de los materiales didácticos, respectivamente, derivado de la disolución de la Coalición referida en el Punto Primero.
Asimismo, comuníquese a la Dirección de Partidos Políticos a fin de que realice las anotaciones correspondientes en el Libro a que se refiere la fracción III, del artículo 202, del Código Electoral del Estado de México, así como a las demás unidades administrativas del Instituto Electoral del Estado de México, para los efectos que deriven en el ámbito de sus atribuciones.

SÉPTIMO.-

Se instruye a la Dirección de Organización, para que haga del conocimiento de los Consejos Distritales, la aprobación del presente Instrumento para los efectos que se deriven del mismo.

OCTAVO.-

Hágase del conocimiento a la Junta Local en el Estado de México, así como a las Unidades Técnicas de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y de Fiscalización, todas del Instituto Nacional Electoral, la disolución de la Coalición referida en el Punto Segundo, para los efectos a que haya lugar.
TRANSITORIOS

PRIMERO.-

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

SEGUNDO.-

Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, Gaceta del Gobierno, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 191, fracción X y 196, fracción XXX, del Código Electoral del Estado de México y 7, fracción XIV, del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
ATENTAMENTE
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
RÚBRICA.

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 27/03/2017 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date27/03/2017

Page count40

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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