Periódico Oficial del Estado de México del día 16/08/2016 (Sección Séptima)
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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)
16 de agosto de 2016
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Las sesiones de los Consejos Consultivos serán válidas cuando estén presentes la mitad más uno de los integrantes, siempre que se encuentre el presidente y el secretario técnico o sus respectivos suplentes.
9.3.3. Atribuciones de los Consejos Consultivos Establecer los mecanismos de coordinación, operación, y control del Programa Comunidad de Inglés y Computación para Todos en el Estado de México.
Autorizar la asignación de los estímulos económicos a los participantes seleccionados como promotores de conformidad con las presentes Reglas de Operación y en la Convocatoria respectiva, de acuerdo con la preselección efectuada por las Unidades de Apoyo a la Educación Básica y Normal, de Desarrollo Administrativo e Informática de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de México y los Servicios Educativos Integrados al Estado de México.
Invitar a las sesiones a expertos en las materias de inglés y/o computación según corresponda, que fortalezcan los procesos de enseñanza-aprendizaje de inglés y computación, quienes sólo tendrán voz.
Validar el reporte de resultados del Programa que presenten los secretarios técnicos.
Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación será resuelto por los Consejos Consultivos, en el ámbito de su competencia.
10. DIFUSIÓN
10.1 Medios de Difusión La difusión del Programa Comunidad de Inglés y Computación para Todos en el Estado de México, se realizará a través de la emisión de una Convocatoria, en la Página Web de Servicio Social y en los medios que determinen los Consejos Consultivos.
10.2 Convocatoria La Convocatoria será emitida por el Gobierno del Estado de México, a través de la Secretaría de Educación, en función de la disponibilidad presupuestal, la cual deberá publicarse en los medios que determinen los Consejos Consultivos del Programa.
11. TRANSPARENCIA
La Secretaría de Educación publicará en la página de transparencia el presente Acuerdo, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México.
12. SEGUIMIENTO
La Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior, la Subsecretaría de Educación Básica y Normal y los Servicios Educativos Integrados al Estado de México, en coordinación con las instituciones educativas públicas participantes de los tipos media superior y en superior, del nivel técnico superior universitario y de licenciatura, serán las encargadas del seguimiento y operación del Programa.
13. EVALUACIÓN
Los secretarios técnicos, en coordinación con la Unidad de Servicio Social, presentarán a los Consejos Consultivos de Inglés y Computación el informe de resultados del Programa Comunidad de Inglés y Computación para Todos en el Estado de México, para su conocimiento y validación.
14. AUDITORÍA Y CONTROL
En caso necesario, se seguirán los procedimientos marcados por las siguientes instancias: