Periódico Oficial del Estado de México del día 11/04/2016 (Sección Séptima)

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Página 16

11 de abril de 2016

de sus actividades o por el área en la que se encuentren, puedan realizar funciones relacionadas con el tema e impactar en la transversalización de la perspectiva de género, lo cual no implica la creación de nuevas plazas.
XLIII.
Que la creación de dicha Unidad conlleva a que esta autoridad realice la adecuación del Programa Anual de Actividades correspondiente, del Reglamento Interno y del Manual de Organización, a fin de que dichos documentos soporten normativamente las actividades de la aludida Unidad.
Respecto a los recursos presupuestales que se requieran para la operación de la Unidad en mención, se deberá atender a lo dispuesto en el artículo transitorio Quinto de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México.
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3, 182 último párrafo y 184 del Código Electoral del Estado de México, 6 incisos a y e, 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
ACUERDO
PRIMERO.Se aprueba la Creación de la Unidad de Género y Erradicación de la Violencia como una oficina adscrita a la Presidencia del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.La o el Titular de la Unidad de Género y Erradicación de la Violencia, será designadao en su momento de conformidad con el procedimiento establecido en los Lineamientos para la Designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de dirección de los organismos públicos locales electorales, aprobados mediante Acuerdo INE/CG865/2015, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el nueve de octubre de dos mil quince.
TERCERO.La o el Titular de la Unidad de Género y Erradicación de la Violencia, fungirá como representante suplente del Instituto ante el Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CUARTO.De manera previa a la integración de la Unidad que se crea por el presente Acuerdo, la Junta General realizará las adecuaciones al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2016, así como al presupuesto de egresos del mismo año, y los someterá a la consideración de este Consejo General, para su aprobación definitiva; asimismo deberá llevar a cabo las adecuaciones que resulten necesarias a la Plantilla y al Tabulador de Sueldos del Personal Permanente del Instituto Electoral del Estado de México.
De igual forma, la Dirección de Administración deberá presentar ante la Junta General, las modificaciones conducentes al Manual de Organización y al Reglamento Interno de este Instituto.
QUINTO.Notifíquese el presente Acuerdo al Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social del Estado de México, institución que funge como Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, para los efectos a que haya lugar.
TRANSITORIOS
PRIMERO.El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación en el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, Gaceta del Gobierno, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día ocho de abril de dos mil dieciséis, firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 191, fracción X
y 196, fracción XXX, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n, del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
ATENTAMENTE
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ
RÚBRICA.

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
MTRO. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 11/04/2016 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date11/04/2016

Page count16

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First edition05/01/2000

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