Periódico Oficial del Estado de México del día 04/10/2023 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Miércoles 4 de octubre de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 63

Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Diputadas y Diputados Locales Estado de México.
Toluca de Lerdo, Méx., a 03 de octubre de 2023.
DIP. AZUCENA CISNEROS COSS
PRESIDENTA DE LA H. LXI LEGISLATURA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO.
P R E S E N T E.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 51 fracción II y 61 fracciones I y XX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 28 fracción I, 62 fracciones V y XVI, 78, 79, 81 y 94 fracciones II y IV y 96 de la Le y Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 68 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; quienes integramos la Junta de Coordinación Política, nos permitimos someter a la consideración de la LXI Legislatura, a través de la Presidencia, Iniciativa de Decreto por el que se propone ratificar a los Titulares de la Secretaría de Administración y Finanzas y de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios del Poder Legislativo del Estado de México, de conformidad con la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Título Tercero denominado De la Organización Interna del Poder Legislativo, en su Capítulo Primero De las Dependencias y Órganos Técnicos, señala que, para el ejercicio de sus funciones la Legislatura cuenta con diversas dependencias, entre ellas, la Secretaría de Administración y Finanzas y la Secretaría de Asuntos Parlamentarios.
Estas dependencias tienen a su cargo la atención de los servicios técnicos de apoyo jurídico-parlamentario y administrativo, al Poder Legislativo del Estado de México, con el propósito de favorecer el pleno ejercicio de las funciones que corresponden a la Legislatura en Pleno, a sus órganos a las dependencias y en particular a las diputadas y los diputados.
La organización y funciones de las dependencias del Poder Legislativo se dispone en la Ley Orgánica y en el Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, y las atribuciones de la Secretaría de Administración y Finanzas en el artículo 160 y las atribuciones de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios en el artículo 152
del citado reglamento.
Por otra parte, el artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, precisa que los titulares de esas dependencias serán electos por la Asamblea y durarán en su encargo cuatro años pudiendo ser removidos de acuerdo con la Ley y agrega que concluido el período de su encargo podrán ser ratificados o electos nuevos titulares.
En este contexto, mediante Decreto número 87, la LX Legislatura designó a los actuales titulares de la Secretaría de Administración y Finanzas y de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios, cuyo término del encargo corresponde al día 3
de octubre del 2023. Por lo tanto, para atender, con oportunidad, el marco legal y reglamentario aplicable, y permitir el ejercicio de las funciones que les corresponde desempeñar en favor de la debida atención de las tareas de esas dependencias del Poder Legislativo, nos permitimos formular la presente Iniciativa de Decreto, con base en lo previsto en el artículo 62 fracción V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, y en tal sentido, proponemos la ratificación del Maestro Luis David Miranda Gómez, en el cargo de Secretario de Administración y Finanzas, y la ratificación del Maestro Javier Domínguez Morales, en el cargo de Secretario de Asuntos Parlamentarios, conforme al Proyecto de Decreto que se adjunta, destacando que cumplen, respectivamente, con los requisitos establecidos en los artículos 159 y 150 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Toda vez que se trata de la atención de un mandato legal y reglamentario del Poder Legislativo y que debe ser cumplimentado, oportunamente, para el adecuado funcionamiento de las dependencias, nos permitimos solicitar, con sustento en lo preceptuado en los artículos 55 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 83 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y 74 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, la dispensa del trámite de dictamen de la Iniciativa de Decreto para que la Legislatura proceda, de inmediato, a su análisis y resolución.
Adjuntamos el Proyecto de Decreto para los efectos procedentes.
Sin otro particular, le expresamos nuestra distinguida consideración.
ATENTAMENTE.- JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA DE LA LXI LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO.PRESIDENTE.- DIP. ELÍAS RESCALA JIMÉNEZ.- VICEPRESIDENTE.- DIP. MAURILIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ.VICEPRESIDENTE.- DIP. ENRIQUE VARGAS DEL VILLAR.- SECRETARIO.- DIP. SERGIO GARCÍA SOSA.- VOCAL.DIP. OMAR ORTEGA ÁLVAREZ.- VOCAL.- DIP. MARÍA LUISA MENDOZA MONDRAGÓN.- VOCAL.- DIP. MARTÍN
ZEPEDA HERNÁNDEZ.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 04/10/2023 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date04/10/2023

Page count4

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

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