Periódico Oficial del Estado de México del día 04/09/2017 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Página 36

4 de septiembre de 2017

"2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917"
Toluca de Lerdo, Estado de México a 29 de agosto del año 2017.
OFICIO No PROCEDIMIENTO:
ASUNTO:

227004000-1041/2017
MANIFESTACION DE BIENES
GARANTIA DE AUDIENCIA

C. JUAN MANUEL BENHUMEA MACEDO
SERVIDOR PÚBLICO ADSCRITO AL INSTITUTO
DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
Con fundamento en lo previsto por los artículos 14, 16 Y 109 fracción 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3 fracción IV, 41,42 fracción XIX, 43, 52, 59 fracción 1, 60,79 fracción 11, 80 fracción 111, 80 BIS fracción 11 y 91 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 1.7, 1.8 Y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 3, 106, 107 Y 129 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 3 fracción X, 17 Bis fracción VI y VIII del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, publicado en la Gaceta de Gobierno el dieciocho de febrero de dos mil trece cuya última reforma se publicó en ese periódico oficial el el diez de marzo de dos mil dieciséis y 28 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en la Gaceta de Gobierno el doce de febrero de dos mil ocho cuya última reforma se publicó en ese periódico oficial el diez de marzo de dos mil dieciséis; se solicita su comparecencia para desahogar su Garantía de Audiencia en la oficinas que ocupa la Contraloría Interna de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal ubicadas en Calle Instituto Literario. 510 2 Piso, Colonia Centro, en esta Ciudad de Toluca, México en virtud de:
No presentar con oportunidad la Manifestación de Bienes y declaración de intereses, esto es dentro del mes de mayo, como lo prevén los artículos 42 fracción XIX, 79
fracción 11, 80 fracción 111 y 80 bis fracción 11 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, no obstante encontrarse obligado a ello, al desempeñarse como Defensor Público adscrito al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, como a continuación se detalla:

EXPEDIENTE

CI/CJEE/MB/007/2015

SERVIDOR PÚBLICO

CARGO

FECHA LÍMITE PARA LA
PRESENTACIÓN DE
MANIFESTACIÓN DE
BIENES Y DECLARACION
DE INTERESES

FECHA DE GARANTÍA DE
AUDIENCIA

JUAN MANUEL
BENHUMEA MACEDO

DEFENSOR PUBLICO

31/05/2017

13/09/2017
10:00 HRS

Consecuentemente, en ambos casos, se le considera probable infractor de lo dispuesto por los artículos 42 fracción XIX, 79 fracción 11, 80 fracción 111 y 80 bis fracción 11
de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que señalan:
"LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS"
Artículo 42.- Para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban ser observadas en la prestación del servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, todo servidor público, sin perjuicio de sus derechos y deberes laborales, tendrá las siguientes obligaciones de carácter general:
XIX.- Presentar con oportunidad y veracidad la Manifestación de Bienes y Declaración de Intereses en los términos que señala la Ley.
Artículo 79.- tienen la obligación de presentar Manifestación de Bienes y Declaración de Intereses ante los órganos competentes, en la forma y plazos establecidos por la presente Ley, y bajo protesta de decir verdad:
II. En el Poder Ejecutivo: los servidores públicos de la administración pública central y del sector auxiliar, desde jefes de departamento hasta los titulares de las dependencias, incluyendo al Gobernador del Estado; Notarios Públicos, Defensores de Oficio y aquellos que manejen, recauden o administren fondos y recursos estatales, municipales o federales y en la propia Secretaría todos sus servidores públicos. En la Procuraduría General de Justicia: los Agentes del Ministerio Público, sus Secretarios, los Policías Judiciales, los Peritos, jefes de Departamento, hasta su Titular.
Artículo 80.- La Manifestación de Bienes deberá presentarse en los siguientes plazos:
III. Durante el mes de mayo de cada año Artículo 80 bis: El Conflicto de Intereses es la incompatibilidad entre las obligaciones públicas y los intereses privados del servidor público, ocurre cuando lo relacionado a un interés público, tiende a estar indebidamente influenciado por un interés ajeno de tipo económico o personal, guiando el servidor público su actuación en beneficio propio o de un tercero.
La Declaración de Intereses deberá de presentarse conforme a lo siguiente:
II. Actualizarse durante el mes de mayo de cada año.
Cabe destacar que en el expediente se integran los siguientes documentos, de los que se deriva la presunta responsabilidad: 1 Copia constatada de los Tableros de Control emitidos por la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, en: los que se advierte el nombre del servidor público JUAN MANUEL BENHUMEA
MACEDO, por omitir el cumplimiento de la presentación de su Manifestación de Bienes por anualidad en los términos que señala la ley; 2 Impresión de los Tableros de Control de la Secretaría de la Contraloría, donde se relaciona mencionado con cargo de Defensor Público, observando que fue omiso en el cumplimiento de la presentación de la Manifestación de Bienes por anualidad y declaración de intereses; 3 Oficio número 227C10201/353/17, de fecha treinta y uno de julio de dos mil diecisiete suscrito por la Encargada del Departamento de Administración de Personal del instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, por el que remite a este Órgano de Control Interno de la Consejería Jurídica, documentación soporte relacionada con los antecedentes laborales del C. JUAN MANUEL BENHUMEA MACEDO y 4
Copia del Formato de Movimientos de Personal mediante el cual se acredita su adscripción como Defensor Público.
A mayor abundamiento y precisión de los hechos que le son atribuidos, se le comunica que el expediente señalado al rubro, se encuentra a su disposición para consulta en las oficinas de esta Autoridad Administrativa, con el objeto de que prepare su defensa, en términos de lo dispuesto por el artículo 20 del Código de Procedimientos Administrativos vigente en el Estado de México. No omito manifestarle que tiene la oportunidad de ofrecer pruebas y alegar en la misma audiencia lo que a sus intereses convenga, por sí o por medio de defensor.
Apercibido de que en caso de no comparecer en el lugar, día y hora señalados, se tendrá por satisfecha la garantía de audiencia, de acuerdo a los artículos 30 y 129
fracción III del Código de Procedimientos Administrativos de la Entidad. Finalmente le informo que para el desahogo de dicha audiencia, deberá presentarse puntualmente con identificación oficial vigente con fotografía, y se le previene para que en la celebración de la garantía de audiencia señale domicilio procedimental en el Estado de México, para los efectos del artículo 26 del Código de Procedimientos Administrativos, apercibido que en caso de no hacerlo, las subsecuentes se harán en los estrados de la Contra lo ría Interna de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal en términos del artículo 25 fracción III del Código en cita.
ATENTAMENTE
LIC. KENIA NUÑEZ BAUTISTA
CONTRALORA INTERNA DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA
DEL EJECUTIVO ESTATAL
RÚBRICA.
3753-BIS.-4 septiembre.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 04/09/2017 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date04/09/2017

Page count36

Edition count4518

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