Periódico Oficial del Estado de México del día 15/05/2017 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Página 26

15 de mayo de 2017

CONSEJERÍA JURÍDICA
2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917.

EDICTO
Toluca de Lerdo, Estado de México a 12 de mayo del año 2017.

EXPEDIENTE:
PROCEDIMIENTO:
ASUNTO:

CI/CJEE/OF/008/2016
ACTUACIÓN DE OFICIO
Se notifica resolución.

C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA.
PRESENTE

En los autos del expediente al rubro señalado, el Contralor Interno de la Secretaría General de Gobierno, tuvo a bien emitir el día de la fecha la resolución, que en los puntos medulares señala: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------

RESUELVE

PRIMERO. LA C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, es administrativamente responsable de la irregularidad que le fue atribuida, al haber incumplido lo dispuesto por artículo 42 fracciones XXXVII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por la fracción VII del artículo 49 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, este Órgano de Control Interno impone a la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, la sanción administrativa disciplinaria pecuniaria consistente en noventa veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del primero de febrero de dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diez de enero del dos mil diecisiete, misma que equivale a la cantidad de $6,794.10 seis mil setecientos noventa y cuatro pesos 10/100 M.N., la cual deberá pagar en la Caja General de Gobierno del Estado o bien en cualquier institución bancaria o establecimiento autorizado para recibirlo, en estos últimos casos a través del Formato Universal de Pago que se podrá obtener en cualquier oficina de recaudación Centros de Servicios Fiscales o Módulo de Atención al Contribuyente. Dicho recibo oficial de pago o el comprobante del banco o establecimiento autorizado en que se haya realizado el pago, así como el Formato Universal de Pago, deberán ser exhibidos ante esta autoridad dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 376 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, con el apercibimiento de que en caso de incumplimiento, se procederá a hacer efectivo el cobro mediante el procedimiento económico-coactivo de ejecución en términos del artículo 68 de la Ley citada. -------------------------------------TERCERO. Se hace del conocimiento de la sancionada que, dentro del término de quince días siguientes al en que surta sus efectos la notificación de la presente resolución, tendrá el derecho de hacer valer los medios de defensa previstos por la Ley de la materia, ello con fundamento en lo dispuesto por el artículo 139 del Código de Procedimientos Administrativos vigente en la entidad.--------------------------------CUARTO. Notifíquese la presente resolución a través de edicto a la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, y por oficio a la Directora General del Instituto de la Defensoría Pública, así mismo a la Jefa del Departamento de Administración de Personal de la misma unidad administrativa, para el efecto de que se sirvan ejecutar la presente resolución, lo anterior, en términos del artículo 68 de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO. En términos del artículo 63 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, inscríbase la sanción impuesta a la sancionada en el Sistema de Registro de Sanciones de la Secretaría de la Contraloría y en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva este Órgano de Control Interno y en el expediente personal de la C. ROCÍO RONQUILLO GARCÍA, una vez que la misma haya sido notificada, para que surta sus efectos legales procedentes.------------------------------------------------------------------------------------Así lo acordó y firma la Contralora Interna de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal.--------------------------------------------------------------------

LIC. KENIA NUÑEZ BAUTISTA
RÚBRICA.
1897-BIS.- 15 mayo.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 15/05/2017 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date15/05/2017

Page count28

Edition count4517

First edition04/01/2000

Last issue11/06/2024

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