Periódico Oficial del Estado de México del día 29/06/2018 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

29 de junio de 2018

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h No se podrán verificar aquellos vehículos que habiendo recibido una constancia técnica de verificación de no aprobación rechazo técnico por fallas en el convertidor catalítico, no hayan realizado el cambio del convertidor o la reparación respectiva. En caso de obtener un segundo rechazo, el taller PIREC está obligado a hacer efectiva la garantía.
i
Los talleres PIREC deberán instalar únicamente convertidores catalíticos autorizados por la DGPCCA, así como entregar las garantías correspondientes.

j
De conformidad con lo establecido en la legislación ambiental del Estado de México, los talleres PIREC deberán realizar el diagnóstico vehicular, labores de mecánica automotriz, sustitución del convertidor catalítico conforme al Programa Integral de Reducción de Emisiones Contaminantes, debiendo cumplir con las disposiciones emitidas por la autoridad ambiental.

5. COMBUSTIBLES ALTERNOS CONSTANCIA TIPO GAS
a Los requisitos para obtener el certificado distintivo tipo de GAS se encuentran establecidos en la página del Registro Estatal de Trámites y Servicios RETyS denominado Solicitud de holograma Tipo Gas y podrán ser consultados en las oficinas de DGPCCA o en la siguiente dirección electrónica:
http sistemas2.edomex.gob.mx/TramitesyServicios/Tramite?tram=35&cont=0
b Los vehículos que se encuentran en este programa podrán obtener el holograma tipo Cero 0
siempre y cuando aprueben los límites establecidos en la Tabla 3.
6. PASE TURÍSTICO METROPOLITANO
a Los vehículos matriculados en el extranjero y entidades federativas distintas a la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Querétaro, Michoacán y Guanajuato que circulen portando el PASE TURÍSTICO METROPOLITANO vigente, otorgado por la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, quedarán exentos de todas las restricciones a la circulación que establece el Acuerdo Hoy No Circula en el Estado de México y del Programa Hoy No Circula de la Ciudad de México, dicho PASE TURÍSTICO
METROPOLITANO
podrá ser tramitado en la dirección electrónica:
http www.paseturistico.cdmx.gob.mx/pasetur/
CAPÍTULO IV. PROGRAMA VEHICULAR DE REDUCCIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES.
1. VEHÍCULOS SIN VERIFICAR
a Para todos aquellos vehículos automotores que no cumplan con la verificación vehicular obligatoria, se procederá de conformidad por lo dispuesto en el Reglamento de Tránsito del Estado de México y el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.
2. VEHÍCULOS OSTENSIBLEMENTE CONTAMINANTES
a Las emisiones de escape de los vehículos en circulación serán medidas por sensor remoto, por patrullas ecológicas o por métodos o tecnologías distintas que establezca la DGPCCA.
b Cuando derivado de la detección de aquellos vehículos automotores que en circulación emitan humo negro o azul, o que derivado de la medición superen los límites de contaminantes establecido en la normatividad aplicable en la materia y en este PVVO, se procederá de conformidad por lo dispuesto en los artículos 90 fracción XV y 118 fracción XII del Reglamento de Tránsito del Estado de México y disposiciones emitidas por esta DGPCCA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/06/2018 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date29/06/2018

Page count24

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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