Periódico Oficial del Estado de México del día 25/05/2018 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

25 de mayo de 2018

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Con base en lo anterior, es necesario expedir el Código de Conducta de las y los servidores públicos que conforman la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de dar a conocer las actitudes y acciones por las que se deberán de conducir, coadyuvando a cumplir con las funciones que se tienen encomendadas, de una manera transparente, imparcial, ágil y eficiente.
II. Marco Jurídico a Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 73, fracción XXIX-V.
b Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública y los Lineamientos Generales para propiciar la integridad de los Servidores Públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015.
c Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículos 5, 77, fracciones II, XXVIII y XXXVIII, 130 y 137.
d Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículos 13, 19, fracción XVIII y 38
ter.
e Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, artículos 6, 7 y 17.
f
Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las reglas de integridad para el ejercicio de su empleo cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses. Publicado en periódico oficial, Gaceta del Gobierno, No. 106, de 30 de noviembre de 2015.

III. Introducción El Código de Conducta define la directriz institucional a través de un conjunto de principios, valores y conductas éticas, que permiten respetar las reglas laborales y normas jurídicas, dispuestas para que las y los servidores públicos conduzcan su labor en las funciones que tienen encomendadas en los cargos o comisiones que les fueron conferidas. Asimismo, representa la principal obligación que las y los servidores públicos deben atender para realizar su trabajo, bajo los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia, que rigen el servicio público, procurando siempre enaltecer y honrar con todos sus actos a la Institución que representan.
El propósito de este Código de Conducta, es impulsar, fortalecer y consolidar una cultura de respeto hacia los valores éticos que guíen a las y los servidores públicos de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, garantizando un ambiente laboral en armonía para brindar mejores trámites y servicios a las y los mexiquenses, fortaleciendo así la credibilidad y confianza institucional con la absoluta convicción que su actuar mejorará en la medida en que se comprometan con estos valores, anteponiendo el interés general, asumiendo plenamente las responsabilidades que les asignen.
IV. Objetivo El Código de Conducta tiene como finalidad que las y los servidores públicos de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, conozcan los principios y valores con los que se deban conducir en el desarrollo del cargo o comisión que tienen encomendado, el cual se realizará con transparencia, rectitud y honradez, propiciando con ello, que en las unidades administrativas que conforman ésta Secretaría exista un ambiente de respeto, igualdad y no discriminación.
V. Presentación Toluca, Estado de México, 08 de mayo de 2018.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 25/05/2018 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date25/05/2018

Page count8

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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