Periódico Oficial del Estado de México del día 10/01/2018 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 2

10 de enero de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DECRETA
DECRETO NÚMERO 273
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el artículo 5.1, el primer párrafo, e de la fracción I, a, d, f y g de la fracción II, a, b, f, g y h de la fracción III del artículo 5.2, el artículo 5.3, las fracciones I, V, VI, VIII y X del artículo 5.4, el párrafo primero del artículo 5.5, el párrafo primero del artículo 5.6, la fracción III, el primer párrafo y el inciso i de la fracción IV, las fracciones VII, XIV, XVII y XXIV del artículo 5.9, las fracciones I, III, IV, VIII, XI, XIII, XIV, XX y XXI del artículo 5.10, la denominación del Capítulo Tercero del Título Primero, el artículo 5.11, el párrafo primero y las fracciones I, IV, V, VI y VIII del artículo 5.12, la denominación del Capítulo Cuarto del Título Primero, el artículo 5.13, el párrafo segundo del artículo 5.14, las fracciones I, V y VII del artículo 5.15, el artículo 5.16, el párrafo primero, las fracciones I
y III y los incisos a y b de la fracción IV del artículo 5.17, el artículo 5.18, las fracciones II, V y VII y el párrafo segundo del artículo 5.19, los incisos d y e de la fracción I, la fracción II y el párrafo segundo del artículo 5.20, el párrafo primero del artículo 5.24, el párrafo primero, el inciso b de la fracción V, el párrafo primero y el inciso d de la fracción VIII y la fracción XI del artículo 5.26, el párrafo primero y las fracciones I, II, III y V del artículo 5.28, el artículo 5.29, el párrafo primero del artículo 5.30, los párrafos primero y tercero del artículo 5.35, el artículo 5.36, el párrafo primero y la fracción V del artículo 5.37, el párrafo primero, las fracciones I y IX, los incisos d y e de la fracción X y la fracción XIII del artículo 5.38, los artículos 5.40 y 5.41, el párrafo primero, los incisos a y b de la fracción I y la fracción II del artículo 5.42, los artículos 5.47, 5.49, 5.50, 5.51 y 5.52, la denominación de la Sección Octava del Capítulo Primero del Título Tercero, el artículo 5.53, el párrafo primero del artículo 5.54, el artículo 5.55, la fracción IV
del artículo 5.57, los incisos a y b de la fracción IV del artículo 5.63. Se adicionan los incisos h, i, j, k, l y m a la fracción I y q, r, s y t a la fracción II al artículo 5.2, las fracciones XI, XII, XIII y XIV al artículo 5.4, un párrafo cuarto al artículo 5.6, las fracciones XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX y XXX al artículo 5.9, las fracciones XXII, XXIII, XXIV, XXV y XXVI al artículo 5.10, las fracciones IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV al artículo 5.12, la fracción X al artículo 5.15, las fracción VIII y el párrafo tercero al artículo 5.19, un segundo y tercer párrafos al artículo 5.27, un tercer párrafo al artículo 5.30, las fracciones V, VI, VII y VIII y los párrafos segundo y último al artículo 5.35, las fracciones XIV, XV y XVI al artículo 5.38, los Capítulos Tercero y Cuarto con los artículos 5.57 Bis y 5.57 Ter y se derogan el párrafo segundo de la fracción IV y la fracción XXIII del artículo 5.9, el párrafo tercero del artículo 5.14, la fracción IX del artículo 5.25, el párrafo segundo del artículo 5.31, la fracción IV del artículo 5.35, el párrafo quinto del artículo 5.37, el párrafo segundo del artículo 5.39 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 5.1. Este Libro tiene por objeto:
I. Fijar las normas básicas e instrumentos para planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano en la Entidad, con pleno respeto a los derechos humanos.
II. Establecer la concurrencia entre el Estado y los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio estatal, para la coordinación y gestión de las conurbaciones y zonas metropolitanas y el desarrollo urbano de los centros de población.
III. Asignar las atribuciones y responsabilidades del Estado y de los municipios en la aplicación de este Libro y su reglamentación.
IV. Definir los principios conforme a los cuales el Estado y los municipios ejercerán sus atribuciones para determinar las reservas, usos y destinos de áreas y predios que regulen la propiedad en los centros de población.
V. Determinar las bases para la participación social en los procesos de planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y vigilancia del desarrollo urbano y del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos en la Entidad.
VI. Fijar instrumentos y acciones, así como medidas de seguridad, infracciones y sanciones que permitan la aplicación del presente Libro y su reglamentación.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 10/01/2018 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date10/01/2018

Page count36

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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