Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2017 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 6

29 de noviembre de 2017

HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la LIX Legislatura remitió a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salud, Asistencia y Bienestar Social para su estudio y dictamen, Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 2.6 del Código Administrativo del Estado de México.
Desarrollado el estudio cuidadoso de la iniciativa y discutido a satisfacción de los integrantes de las Comisiones Legislativas, nos permitimos, con sustento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en relación con lo previsto en los artículos 13 A, 70, 73, 78, 79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, someter a la Legislatura en Pleno, el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La Diputada Leticia Calderón Ramírez presentó, a la Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la Legislatura, la iniciativa de decreto, haciendo uso del derecho contenido en los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 28
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Del estudio que desarrollamos los integrantes de las comisiones legislativas, derivamos que, la iniciativa de decreto propone modificar la integración del Consejo de Directivo del ISEM.
CONSIDERACIONES
La LIX Legislatura es competente para estudiar y resolver la iniciativa de decreto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir leyes, decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
Coincidimos en que el cuidado de la salud es una responsabilidad social e institucional, para el Gobierno Estatal, y que el adecuado cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de salud resulta fundamental no solo para elevar los niveles de salud y la calidad de vida de las y los mexiquenses, sino que es parte del compromiso rector del Estado.
Advertimos, como se menciona en la parte expositiva de la iniciativa de decreto que conforme lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, corresponde a la Secretaría de Salud conducir la política estatal en materia de salud, y de acuerdo con el propio ordenamiento, el Instituto de Salud del Estado de México, organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene por objeto la prestación de los servicios de salud en la Entidad.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2017 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date29/11/2017

Page count8

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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