Periódico Oficial del Estado de México del día 17/04/2017 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

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17 de abril de 2017
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO

EMPLAZAMIENTO A FEDERICO GONZÁLEZ MEJÍA.
JUAN PULIDO MORALES, promueve ante este Juzgado dentro de los autos del expediente número 909/2013, JUICIO ORDINARIO
CIVIL USUCAPIÓN, en contra de FEDERICO GONZÁLEZ MEJÍA, de quien demando las siguientes prestaciones:
A.- La prescripción positiva que ha operado a mi favor tal como lo establece los artículos 910, 911, 912 fracción I, 932 del Código de Procedimientos Civiles abrogados para el Estado de México, respecto del lote de terreno número 38, de la manzana 701, del Fraccionamiento Prados de Ecatepec, Tercera Unidad José María Morelos y Pavón, Municipio de Tultitlán, Estado de México con una superficie de 160.51 metros cuadrados, en razón a las siguientes medidas y colindancias:
AL NORESTE: 20.06 mts. con lote treinta y nueve.
AL SURESTE: 8.00 mts. con límite del Fraccionamiento.
AL SUROESTE: 20.06 mts. con lote treinta y siete.
AL NOROESTE: 8.00 mts. con calle sin nombre.
B.- Como consecuencia de lo anterior, la cancelación y tildación definitiva del antecedente de propiedad que aparece a favor del ahora demandado FEDERICO GONZÁLEZ MEJÍA, ante el Registro Público de la Propiedad de Tlalnepantla, bajo los siguientes datos:
PARTIDA 31,088, VOLUMEN 27, LIBRO PRIMERO, SECCIÓN PRIMERA, FECHA 01 DE MARZO DEL AÑO 1974, respecto del lote número treinta y ocho, de la manzana setecientos uno, del Fraccionamiento Prados de Ecatepec, Tercera Unidad José María Morelos y Pavón, Municipio de Tultitlán, Estado de México.
C.- La inscripción de la Sentencia Definitiva que llegue a dictar en el presente juicio ante el Registro Público de la Propiedad de Cuautitlán, Estado de México, que declare que el suscrito actor, ha adquirido el pleno dominio y propiedad del inmueble mencionado en la prestación que antecede, por haberlo poseído en los términos y condiciones que establece los preceptos anteriormente citados en los Libros correspondientes de esa Institución y dicho título me sirva como justificativo de propiedad.
D.- El pago de los gastos y costas que originen por motivos del presente juicio hasta su total resolución definitiva.
H E C H O S:
1.- En fecha veinticuatro 24 de Marzo de mil novecientos noventa y ocho 1998, FEDERICO GONZÁLEZ MEJÍA; vendió a JUAN
PULIDO MORALES, la casa ubicada sobre el lote número treinta y ocho, de la manzana setecientos uno, del Fraccionamiento Prados de Ecatepec, Tercera Unidad José María Morelos y Pavón, Municipio de Tultitlán, Estado de México, teniendo este último la posesión del inmueble desde esa fecha que se celebró el Contrato y que le fue vendido en la cantidad de ciento veinte mil pesos.
2.- Desde la adquisición del lote número treinta y ocho, de la manzana setecientos uno, del Fraccionamiento Prados de Ecatepec, Tercera Unidad José María Morelos y Pavón, Municipio de Tultitlán, Estado de México, desde el veinticuatro 24 de marzo del año mil novecientos noventa y ocho 1998, el suscrito tengo QUINCE AÑOS poseyendo el inmueble en forma ininterrumpida y a título de dueño y en calidad de propietario en forma pública, continua y de buena fe, reiterando que el inmueble tiene una superficie de CIENTO SESENTA
51/100 METROS CUADRADOS con las medidas y colindancias ya antes mencionadas.
3.- Se demuestra con el certificado de inscripción, expedido a mi favor por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, adscrito a el Municipio de Cuautitlán, Estado de México, el bien inmueble se encuentra inscrito en esas Oficinas a nombre del demandado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tlalnepantla, Estado de México, bajo la partida número 31088, Volumen 27, Libro Primero, Sección Primera, de fecha 1 de marzo del año 1974.
4.- Que la prescripción adquisitiva que ha operado a mi favor por haber transcurrido el tiempo legal, así como las condiciones en las que se ha venido ejercitando y que se ha señalado anteriormente, me he convertido en propietario del inmueble antes citado, solicitó a su Señoría me reconozca con ese mismo carácter en la Sentencia que se llegue a dictar en el presente juicio, para que en lo futuro me sirva como título justificativo de propiedad.
Mediante proveído de fecha veinte 20 de Septiembre de dos mil dieciséis 2016, dado que obran en el expediente los informes ordenados en proveído de veinte 20 de mayo de dos mil catorce 2014, es decir se ha agotado la búsqueda del demandado, en consecuencia emplácese a FEDERICO GONZÁLEZ MEJÍA, por medio de edictos que contendrán una relación sucinta de la demanda, y que se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en uno de mayor circulación en este Municipio y en el Boletín Judicial.
Por conducto de la Secretario procédase a fijar en la puerta de éste Juzgado, copia íntegra de la presente resolución por todo el tiempo que dure el emplazamiento; haciéndole saber al enjuiciado mencionado, que deberá de presentarse en este Juzgado en un plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última publicación a producir su contestación a la demanda entablada en su contra, debiendo reunir los requisitos a que se refieren los artículos 2.115 al 2.117 del Código Adjetivo Civil con el apercibimiento que en caso de no hacerlo se le tendrá por contestada en sentido negativo al efectuarse su emplazamiento por medio de edictos, quedando para tal efecto a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, las copias de traslado correspondientes.
Asimismo se le previene que deberá señalar domicilio dentro de la población en que se ubica este Juzgado, para recibir notificaciones de su parte con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán en términos de los artículos 1.170, 1.171 y 1.182 del Código en cita. Si pasado ese plazo no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía.
Pronunciado en Cuautitlán, Estado de México a los once 11 días de Octubre de dos mil dieciséis 2016.
Se emite en cumplimiento al auto de fecha veinte 20 de Septiembre del año dos mil dieciséis 2016, firmando.-SECRETARIO
JUDICIAL, M. EN D. M. YOLANDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ.-RÚBRICA.
579-A1.- 30 marzo, 17 y 26 abril.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 17/04/2017 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date17/04/2017

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First edition05/01/2000

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