Periódico Oficial del Estado de México del día 07/06/2010 (Sección Quinta)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CACE ra
Página 2

r, I a
7 de junio de 2010

O EINE Ft IVO

Asi como promover mecanismos de mediación e integración de la población indígena en las aéreas urbanas, a través de medios de transporte especializado, con servicios bilinges de acuerdo con el origen de la población.
El articulo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que es competencia de la Secretaria de Transporte planear, formular, dirigir coordinar, evaluar, ejecutar y supervisar las políticas y programas para el desarrollo integral del servicio público de transporte de jurisdicción estatal y de sus servicios conexos.
El Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 7.2 fracción II, establece que las disposiciones del Libro Séptimo tienen como finalidad el que se cuente con transporte seguro, eficiente y de calidad.
El citado Código en su artículo 7.3 señala que se considera de utilidad pública e interés general, la construcción, conservación, operación, explotación, rehabilitación y mantenimiento de las comunicaciones de jurisdicción local, así como la prestación del servicio público de transporte.
El referido Código. establece en su artículo 7.25 que corresponde a la Secretaria de Transporte, expedir los elementos de identificación que se estimen necesarios en los vehículos destinados al servicio público de transporte.
Así mismo. el artículo 7.38 fracción XIII. del multicitado Código, establece que es obligación de los concesionarios y permisionarios, cumplir con los elementos de identificación de los vehículos en términos de las disposiciones reglamentarias y administrativas.
Con el afán de otorgar a la sociedad mexiquense y a los usuarios del servicio público de transpone, un servicio seguro, eficiente y de calidad, se han venido desarrollando una serie de acciones tendientes a reordenar el transporte público de la Entidad, en las cuales han venido participando de manera propositiva los integrantes de este sector.
En merito de lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN Y SEÑALAN LOS ELEMENTOS DE IDENTIFICACION PARA
LOS AUTOMOVILES DE ALQUILER QUE PRESTARAN LOS SERVICIOS DE TAXI INDIGENA.
PRIMERO.- Se establecen los elementos de identificación de los vehículos automotores para el servicio discrecional de automóvil de alquiler en el programa de Taxi Indígena, solamente unidades concesionadas y debidamente autorizadas por la Secretaria de Transpone.

SEGUNDO.- Los elementos de identificación que tendrán obligatoriamente los vehículos concesionados y destinados al servicio público de transporte para el servicio discrecional de automóvil de alquiler a que se refiere el presente acuerdo serán:
A. En la parte Exterior:
I. Identificación del servicio que presta Logotipo Identificación de Compromiso Número y caracteres de la matricula de identificación vehicular Número Económico con el color de la Región en un Circulo Las demás que señale el acuerdo B. En la parte interior:
I. Matricula y tarifa oficial autorizada, en lugar visible.
2. Mapa con las delimitaciones de la tarifa.

TERCERO.- Se acuerda que los colores que se asignan como elementos de identificación de las Unidades concesionadas destinadas al servicio público de transporte de pasajeros en la modalidad de automóvil de alquiler son:
En color Blanco deberá ser el fondo de la unidad.
Los PANTONES para los elementos de identificación correspondientes a las Unidades concesionadas que prestaran el servicio de automóvil de alquiler en las regiones del Estado de México, con los servicios de traducción en lenguas indígenas son:

COLOR

PANTONE

Blanco 100%
Verde Morado
Pantone Green C
Pantone 229 C

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 07/06/2010 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date07/06/2010

Page count4

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2010>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930