Periódico Oficial del Estado de México del día 25/03/2022 (Sección Primera)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Viernes 25 de marzo de 2022

Sección Primera
Tomo: CCXIII No. 56

Pública del Estado de México en materia deportiva, con la participación de los municipios así como de los sectores social y privado, que tiene como objeto apoyar, impulsar, fomentar y promover la activación física, la cultura física y el deporte, con el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales disponibles.
Artículo 11.- El Consejo Estatal, es un órgano de consulta y de coordinación del Titular del Ejecutivo Estatal, para convocar, concertar, inducir e integrar las acciones de los participantes e interesados en la cultura física, la activación física y el deporte, a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del Sistema Estatal.
Artículo 14.- Con el fin de impulsar, fomentar y desarrollar la activación física, la cultura física y el deporte, los municipios deberán contar de conformidad con sus ordenamientos, con un instituto que coadyuve y colabore con el IMCUFIDE, estableciendo para esto, Sistemas Municipales en sus respectivos ámbitos de competencia.
Los Sistemas Municipales, se integrarán por las autoridades municipales, organismos e instituciones públicas y privadas, sociedades y asociaciones que en el ámbito de su competencia tengan como objeto, generar las acciones, financiamiento y programas necesarios para la coordinación, fomento, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, así como el aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales.
Artículo 42.- Los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el ejercicio del derecho de los mexiquenses a la activación física, la cultura física y a la práctica del deporte sin discriminación alguna.
Artículo 44.- En los planes estatal y municipales de desarrollo, se deberá incorporar la promoción de la activación física, la cultura física y el deporte. El Gobierno del Estado de México establecerá los objetivos, alcances y límites del desarrollo del sector.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil veintidós.- Presidente.- Dip. Mónica Angélica Álvarez Nemer.- Secretario.- Dip. Silvia Barberena Maldonado.- Dip. Viridiana Fuentes Cruz.- Dip. Claudia Desiree Morales Robledo.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.

Toluca de Lerdo, México, a 8 de marzo de 2022.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ERNESTO NEMER ALVAREZ.-RÚBRICA.
3

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 25/03/2022 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date25/03/2022

Page count168

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031