Periódico Oficial del Estado de México del día 10/06/2020 (Sección Primera)

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La ocupación de las viviendas y locales comerciales objeto de la enajenación autorizada sólo podrá efectuarse cuando estén ejecutadas y en servicio las obras de agua potable, drenaje y abastecimiento de energía eléctrica de la etapa o sección que se vaya a ocupar, además de que estén concluidos, en la parte proporcional que corresponda los accesos viales y los equipamientos respectivos, conforme lo dispone el Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
QUINTO.-

Conforme a lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción XI inciso a y b del Código Administrativo del Estado de México, serán solidariamente responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente acuerdo de autorización el titular de la autorización y el propietario del terreno, cuando sean personas distintas, así como sus causahabientes.

SEXTO.-

Deberá insertar en los actos o contratos de traslado de dominio de las áreas privativas, así como en la publicidad comercial del desarrollo, el tipo y fecha de su autorización y de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado, de acuerdo con lo previsto por el artículo 5.38 fracción XII del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 111 fracción I, inciso E del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. Así mismo, agregarán a los contratos de referencia, copia del presente acuerdo del plano único de condominio y de la autorización de la Dirección General de Operación Urbana para las áreas privativas.

SEPTIMO.- Se prohíbe la propaganda engañosa que ofrezca condiciones, situaciones o bienes que no estén contemplados en la autorización respectiva y será de tal naturaleza que permita una adecuada orientación al adquirientes conforme los establece el artículo 5.38 fracción XII del Código Administrativo del Estado de México, por lo que cualquier tipo de publicidad de oferta inmobiliaria del desarrollo, deberá ser previamente aprobada por la Secretaría de Desarrollo Urbano por conducto de la Dirección General de Operación Urbana.
OCTAVO.-

Queda obligada formalmente a respetar y cumplir todos y cada uno de los compromisos establecidos en el presente acuerdo, así como la subdivisión y condominios consignados en el plano único anexo a esta autorización.
Con fundamento en el artículo 110 fracción VI, inciso N, deberá mantener y conservar las obras de infraestructura primaria y de urbanización, así como prestar gratuitamente los servicios públicos de agua potable, drenaje, alumbrado público y recolección de basura a los adquirientes de las unidades privativas del desarrollo autorizado, hasta en tanto se entregue a los condóminos correspondientes las obras de infraestructura y urbanización y de equipamiento urbano en su caso a la autoridad correspondiente, establecidas en la autorización y sean recibidas a entera satisfacción por la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Dirección General de Control Urbano y el Municipio de Valle de Bravo.

NOVENO.-

Para transferir o ceder los derechos del presente acuerdo, será necesaria la autorización expresa de la Secretaría de Desarrollo Urbano, por conducto de la Dirección General de Operación Urbana, conforme lo establece el artículo 78 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. Cualquier acto que implique el cambio de titularidad de los derechos derivados de este acuerdo, incluyendo adjudicaciones a favor de terceros sin la autorización correspondiente, así como el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en este acuerdo, traerá como consecuencia la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones que correspondan, conforme a lo establecido por el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

DECIMO.-

Con fundamento en los artículos 5.38 fracción X inciso j del Código Administrativo del Estado de México y 110 fracción VI, inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código en

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Periódico Oficial del Estado de México del día 10/06/2020 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date10/06/2020

Page count8

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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