Periódico Oficial del Estado de México del día 05/03/2020 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

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5 de marzo de 2020

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS

ALBERTO L. PEREDO JIMÉNEZ, Director General del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México; con fundamento en los artículos 1, 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 13, 14, 45 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 47 Bis primer párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 14.1, 14.2 fracciones IV, V
y VI, 14.4 fracción IV, 14.8 fracciones II, XII, XIII y XIV,14.9, 14.14 fracciones I, VII y VIII, 14.43, 14.44 fracciones I, III
y IV, 14.45 fracciones X, XIII y XVI, y 14.47 fracción II del Código Administrativo del Estado de México; 169 fracción III, y 170 fracciones I, II, III, V, VI y XIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 1, 3, 6, 7, del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Denominado "Del Catastro";
1, 2 fracción V, 6 fracción II, 10 fracciones I y IV del Reglamento Interior del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México, y CONSIDERANDO
Que elevar la calidad del servicio público para garantizar la eficacia del quehacer gubernamental, así como dar absoluta transparencia a la gestión y al desempeño de la Administración Pública Estatal, son los objetivos trazados en materia de desarrollo administrativo por el Ejecutivo Estatal.
Que como estrategias para alcanzar los objetivos citados se tiene prevista la instrumentación de normas y procedimientos dirigidos a implementar mecanismos eficaces de recaudación de contribuciones para proveer de mejores servicios a la población del Estado, sin descuidar la equidad y proporcionalidad en el pago de contribuciones a cargo de los sujetos pasivos, así como el impulso de una mejor calidad de vida de los mexiquenses con más y mejores servicios gubernamentales.
Que a partir del 12 de enero de 2012 se encuentra vigente en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, la obligación de los contribuyentes de dictaminar la determinación de la base del Impuesto Predial, misma que prevé la emisión de normas generales a que deberá sujetarse, por lo que las Normas Generales en Materia Catastral para Dictaminar la Determinación de la Base del Impuesto Predial fueron emitidas y publicadas el 10 de agosto de 2012, y, desde esa fecha no han sido reformadas o actualizadas en ninguna de sus disposiciones.
Que con base en lo expresado y, toda vez que en los procesos operativos de esta medida fiscal y en su administración cotidiana se han identificado algunas oportunidades de mejora; así mismo que se ha propuesto un incremento en la Tarifa contenida en la Octava Norma vigente, se hace necesaria una actualización con las diversas propuestas que durante el periodo de vigencia se ha analizado, discutido, consensado y validado en diversas sesiones de trabajo celebradas entre las instancias gubernamentales participantes, como la Subsecretaría de Ingresos representada por las direcciones generales de Política Fiscal y de Fiscalización; la Dirección General del Sistema Estatal de Informática, la Vocalía Ejecutiva del Instituto Hacendario del Estado de México y esta Dirección General.
Que durante el año 2019 fueron analizadas, discutidas y consensuadas propuestas de reformas, adiciones y derogaciones que mejoran la redacción, entendimiento e interpretación de diversas políticas y lineamientos generales, así de varios procedimientos técnicos y administrativos de las Normas Generales en Materia Catastral para dictaminar la determinación de la base del Impuesto Predial, en algunos de sus apartados, mismos que deberán entrar en vigor a partir de la publicación del presente acuerdo y, en resumen, consisten en lo siguiente:
1.

Modificación de la norma QUINTA, para involucrar a los Municipios, desde el inicio de los trabajos de verificación física de los inmuebles susceptibles de dictaminación, para garantizar que la información contenida en los

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Periódico Oficial del Estado de México del día 05/03/2020 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date05/03/2020

Page count60

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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