Periódico Oficial del Estado de México del día 10/07/2017 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

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10 de julio de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD

ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL
COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA
SECRETARÍA DE SALUD
En la Ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, siendo las diecisiete horas en punto del día dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis, se reunieron en las instalaciones que ocupa la Sala de Consejo Interno Dr. Jorge Jiménez Cantú, sito en Calle Independencia Oriente número 1009, Colonia Reforma y Ferrocarriles Nacionales, Toluca, Estado de México; los CC. M. en G.P. César Nomar Gómez Monge, Secretario de Salud del Estado de México; M en AHySP Fausto Alejandro Paniagua González, Contralor Interno; Lic. Javier de la Fuente de la Fuente, Coordinador Administrativo; Lic. Sergio Morales González, Jefe de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación; Lic. Sinhué García Sotelo, Coordinador Jurídico; Lic. José Jesús Jaramillo Rangel, Jefe de la Oficina Ejecutiva de Vinculación Interinstitucional; Dra. María Elena Álvarez Lobato, Coordinadora de Hospitales de Alta Especialidad; Lic. Apolinar Vega Picazo, Coordinador de Voluntades Anticipadas; Dra. María Cristina Chaparro Mercado, Secretaria Técnica del Consejo de Salud; Dra. Inéz Díaz Muñoz, Directora del Centro Estatal de Trasplantes; Dr. Cesario Fernando Guerra Rojano, Director del Instituto Mexiquense Contra las Adicciones y Mtro. Víctor Manuel Torres Meza, Director del Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades y Mtro.
Felipe Aguilar Hernández, Director General de Control y Evaluación C de la Secretaría de la Contraloría; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 Bis fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 17 fracción I de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se establecen los Lineamientos Generales de Combate a la Corrupción y a la Ineficiencia Administrativa y 28 fracciones XVII y XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría; con el objeto de proceder a la constitución del Comité de Control y Evaluación de la Secretaría de Salud, para lo cual se procede en los términos siguientes:
PRIMERO.- El Comité de Control y Evaluación, es un órgano colegiado de análisis y evaluación para fortalecer el control interno en la Secretaría de Salud; sin perjuicio de las acciones de control y evaluación que lleven a cabo las instancias facultadas por la ley u otros ordenamientos jurídicos; para tal efecto queda integrado de la siguiente forma:
I. Un Presidente, quien será el Secretario de Salud, con derecho a voz y voto;
II. Un Secretario Técnico, quien será el titular de la Contraloría Interna de la Secretaría de Salud, con derecho a voz.
III. Vocales con derecho a voz y voto, quienes serán los titulares de:
a
La Coordinación Administrativa.

b
La Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación.

c
La Coordinación Jurídica.

d
La Oficina Ejecutiva de Vinculación Interinstitucional.

e
La Coordinación de Hospitales de Alta Especialidad.

f
La Coordinación de Voluntades Anticipadas.

g
La Secretaria Técnica del Consejo de Salud.

h
La Dirección del Centro Estatal de Trasplantes.

i
La Dirección del Instituto Mexiquense Contra las Adicciones.

j
La Dirección del Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades.

k
Vocal con derecho a voz y voto quien será el Director General de Control y Evaluación C de la Secretaría de la Contraloría.

A las sesiones del COCOE podrá invitarse a servidores públicos cuya intervención se considere necesaria, para aclarar aspectos técnicos, operativos o administrativos relacionados con los asuntos sometidos al COCOE, quienes tendrán voz pero no voto.
Los cargos de los integrantes del COCOE serán honoríficos.
SEGUNDO.- Derivado de la constitución del Comité de Control y Evaluación de la Secretaría de Salud, se procederá a la elaboración del Reglamento Interior del Comité de Control y Evaluación de la de la Secretaría de Salud y posteriormente su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno, denominado Gaceta del Gobierno.
TERCERO.- Las dudas que se susciten con motivo del Comité de Control y Evaluación de la Secretaría de Salud, serán resueltas por la Secretaría de la Contraloría

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Periódico Oficial del Estado de México del día 10/07/2017 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date10/07/2017

Page count28

Edition count5162

First edition03/01/2000

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