Periódico Oficial del Estado de México del día 19/06/2017 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

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19 de junio de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL VALLE DE
TOLUCA, REPRESENTADA POR EL DR. HERIBERTO JAIME RUBIO ORTIZ, EN SU CARÁCTER DE RECTOR A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA UTVT Y POR LA OTRA, EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE
LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL VALLE DE TOLUCA, REPRESENTADO POR, LA C. RITA ZARAGOZA SÁNCHEZ EN SU
CARÁCTER DE SECRETARIA GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL SINDICATO, LAS CUALES
QUEDAN SUJETAS, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL TÍTULO SÉPTIMO, CAPÍTULO III DE LA LEY FEDERAL DEL
TRABAJO VIGENTE.
DECLARACIONES
I. LA UTVT DECLARA:
I.1. Que es un Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el artículo 1 del Decreto del Ejecutivo del Estado de México, número 46, de fecha 3 de septiembre de 2001 y modificado por Decreto del Ejecutivo del Estado de México, número 110 de fecha 17 de junio de 2009, publicados en la Gaceta de Gobierno.
I.2. Que de acuerdo al artículo 3 fracciones I y III de los mismos Decretos, tiene por objeto impartir educación superior con validez oficial para formar íntegramente profesionales competentes con un amplio sentido ético, humanístico y nacionalista, con un elevado compromiso social, y aptos para generar y aplicar creativamente conocimientos en la solución de problemas; así como formar profesionistas universitarios, aptos para la aplicación de conocimientos y la solución creativa de los problemas con un sentido de innovación en la incorporación de los avances científicos y tecnológicos.
1.3. Que el Dr. Heriberto Jaime Rubio Ortiz es Rector de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido por el Doctor en Derecho Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del Estado de México, de fecha 18 de agosto de 2016 y que con fundamento en el artículo 16 fracciones I y IX del Decreto de creación antes referido, se encuentra facultado para celebrar el presente instrumento jurídico.
I.4. Que la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca representada por su Rector el Dr. Heriberto Jaime Rubio Ortiz con fundamento en el artículo 16 fracción I del Decreto de creación otorgó Poder General a la Licenciada en Derecho Cecilia Álvarez Ocampo, Abogada General, como consta en el Testimonio Notarial No.22,600 de fecha 14 de diciembre de 2016, pasado ante la Fe del Lic. Mario Alberto Maya Schuster, Notario Público 71 del Estado de México, con residencia en Toluca.
I.5. Que señala como domicilio el ubicado en carretera del Departamento del Distrito Federal, kilómetro 7.5, Santa María Atarasquillo, Lerma, Estado de México, Código Postal 52044.
II. EL SINDICATO DECLARA:
II.1.- Que es un sindicato legalmente constituido por tiempo indeterminado lo que acredita con la copia certificada del documento de TOMA
DE NOTA expedido por la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, de fecha 30 de junio de 2015.
II.2.- Que su domicilio fiscal y para efectos del presente contrato será el ubicado en la calle Begonia, número 238, Colonia Club Jardín Toluca, Estado de México, Código Postal 52159.
II.3.- Que en este acto y para todos los efectos legales a que haya lugar se encuentra representado por la C. Rita Zaragoza Sánchez, quien acredita su personalidad con el documento de TOMA DE NOTA, mencionado en el punto II. 1 del presente contrato, como Secretaria General.
CLÁUSULAS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CLÁUSULA 1
OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es regular las relaciones laborales entre LA UTVT y los integrantes de EL SINDICATO; las cuales se regirán en lo general, en primer término bajo el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo.
En segundo por lo dispuesto en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado y Municipios, Código Administrativo del Estado de México y el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Y en lo particular y específico, por lo acordado a través del presente Contrato Colectivo de Trabajo, el cual se celebra por tiempo indeterminado y podrá ser revisado cada dos años por LA UTVT y EL SINDICATO, en caso de no existir una nueva propuesta al vencimiento se tendrá por prorrogados los términos y contenido del presente instrumento.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 19/06/2017 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date19/06/2017

Page count44

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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