Periódico Oficial del Estado de México del día 30/11/2016 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 2

30 de noviembre de 2016

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO

FE DE ERRATAS DEL DECRETO NÚMERO 160 DE LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EN EL
PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO NÚMERO 104, DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2016, SECCIÓN TERCERA.

Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2017.
Página 7:
Dice:

Debe decir:

Artículo 2.- De conformidad con el Fideicomiso autorizado por la Legislatura Estatal mediante los Decretos Números 48 y 84
publicados respectivamente en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno en fechas 4 de junio de 2004 y 29 de octubre de 2007, y conforme a lo establecido en los artículos 262 y 262 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios, se autoriza al Ejecutivo del Estado para que obtenga un endeudamiento contratado en términos del Título Octavo del Código Financiero del Estado de México y Municipios, por un monto de $3,400000,000.00
Tres mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N., más una cantidad a través de cuya suma el saldo de la deuda pública del Gobierno del Estado de México, al cierre del ejercicio fiscal del año 2017, no exceda del 60% de las Participaciones anuales que corresponden al Gobierno del Estado, sus Ingresos Propios y el importe del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas utilizable en términos del artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal, todos del ejercicio fiscal inmediato anterior, que será destinado exclusivamente a inversión pública productiva en términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 2.- De conformidad con el Fideicomiso autorizado por la Legislatura Estatal mediante los Decretos Números 48 y 84 publicados respectivamente en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno en fechas 4 de junio de 2004 y 29 de octubre de 2007, y conforme a lo establecido en los artículos 262 y 262 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios, previo análisis del destino y capacidad de pago del Gobierno del Estado de México, se autoriza al Ejecutivo del Estado para que obtenga un endeudamiento contratado en términos del Título Octavo del Código Financiero del Estado de México y Municipios, por un monto de $3,400000,000.00 Tres mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N., más una cantidad a través de cuya suma el saldo de la deuda pública del Gobierno del Estado de México, al cierre del ejercicio fiscal del año 2017, no exceda del 60% de las Participaciones anuales que corresponden al Gobierno del Estado, sus Ingresos Propios y el importe del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas utilizable en términos del artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal, todos del ejercicio fiscal inmediato anterior, con un plazo de financiamiento hasta de 20 años, que será destinado exclusivamente a inversión pública productiva en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y del Código Financiero del Estado de México y Municipios, en los rubros de Agua y Obra Pública, Comunicaciones, Salud, Cultura y Justicia.

El Gobernador del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, podrá obtener el endeudamiento a que se refiere este artículo, mediante la contratación de cualquier tipo de créditos con instituciones financieras o mediante la emisión de valores, en términos de lo dispuesto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

El Gobernador del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, podrá obtener el endeudamiento a que se refiere este artículo, mediante la contratación de cualquier tipo de créditos con instituciones financieras o mediante la emisión de valores, en términos de lo dispuesto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, incluyendo la contratación de los Instrumentos Derivados para mitigar los riesgos de tasa de interés.

ATENTAMENTE
PRESIDENTA DE LA H. LIX LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO
DIP. MARTHA ANGÉLICA BERNARDINO ROJAS.
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 30/11/2016 (Sección Novena)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

CountryMexico

Date30/11/2016

Page count2

Edition count67

First edition27/02/2004

Last issue19/12/2018

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