Periódico Oficial del Estado de México del día 08/08/2014 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

8 de agosto de 2014

GAC ETA
E> E L GOBIERNO

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A las sesiones del COCOE podrá invitarse a servidores públicos cuya intervención se considere necesaria, para aclarar aspectos técnicos, operativos o administrativos relacionados con los asuntos sometidos al COCOE, quienes tendrán voz pero no voto.
Los integrantes del COCOE designarán por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán tener el nivel jerárquico inmediato inferior, y sólo podrán participar en ausencia del titular, con las mismas facultades y obligaciones.
Los cargos de los integrantes del COCOE serán honoríficos.
Artículo 6.- Los integrantes del COCOE tendrán la misma responsabilidad y jerarquía para opinar, sugerir y decidir sobre los asuntos que se traten.
CAPÍTULO TERCERO
DEL FUNCIONAMIENTO
Artículo 7.- El COCOE tendrá las funciones siguientes:
1.

Proponer, formular, implementar y monitorear las acciones específicas para fortalecer los mecanismos de control interno;

II.

Conocer el seguimiento a las observaciones y recomendaciones emitidas por las instancias fiscalizadoras internas y/o externas que presentan problemática en su solventación, para establecer, en su caso, las medidas y acuerdos necesarios para su atención;

III. Promover la atención oportuna a los requerimientos u observaciones que formulen las instancias fiscalizadoras internas y/o externas;
IV. Orientar acciones en materia de control interno, a aquellos programas o proyectos que se den a conocer al interior del COCOE, y que presenten un riesgo o problemática para el cumplimiento de su objetivo, previo análisis del diagnóstico que al efecto se elabore;
V.

Dar seguimiento al cumplimiento y avance de las acciones de gobierno, procesos de mejoramiento de la calidad y otros programas vinculados a la actividad institucional;

VI. Crear comisiones para la atención de actividades específicas en materia de control interno;
VII. Proponer el establecimiento de mecanismos de autoevaluación y analizar los resultados que se obtengan;
VIII. Promover el desarrollo de herramientas y mecanismos orientados al cumplimiento de las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal;
IX. Conocer el estado que guarda la situación Programática Presupuestal del Fideicomiso para el Desarrollo de Parques y Zonas Industriales en el Estado de México para establecer, en su caso, las medidas y acuerdos necesarios para su atención; y X.

Autorizar la participación de invitados a las sesiones del COCOE.

Xl. Las demás necesarias para el logro de los objetivos del COCOE.
Artículo 8.- El COCOE celebrará, al menos dos sesiones semestrales al año y las extraordinarias que sean necesarias, de acuerdo a lo siguiente:
I.

Las sesiones ordinarias se realizarán previa convocatoria escrita del Secretario Técnico, quien la remitirá a los integrantes, por lo menos con cinco días hábiles de anticipación, dando a conocer el orden del día,

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Periódico Oficial del Estado de México del día 08/08/2014 (Sección Novena)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

CountryMexico

Date08/08/2014

Page count8

Edition count67

First edition27/02/2004

Last issue19/12/2018

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