Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

28 de febrero de 2018

Página 3

II. Comisionado: A la o el Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas del Estado de México.
III. Comisión Ejecutiva: A la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México.
IV. Municipios: A los municipios de Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad que han sido declarados en alerta de género.
V. Ley de Acceso: A la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.
VI. Ley de Víctimas: A la Ley de Víctimas del Estado de México.
VII. Secretaría: A la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 3. El recurso previsto en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2018, será asignado a la Comisión Ejecutiva a través de la Secretaría.
Los recursos adicionales provendrán del ámbito federal, estatal o municipal.
Artículo 4. La operación del recurso se realizará a través de la Unidad de Administración del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva, mismo que será destinado para realizar acciones de capacitación, difusión y equipamiento con el objetivo de atender sus propias necesidades en atención a la alerta y enriquecer el trabajo de los municipios en la materia, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable para los procesos adquisitivos.
Los recursos serán administrados a través de una cuenta bancaria, cuya operación estará a cargo de la Unidad de Administración del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Las acciones de capacitación y difusión serán evaluadas y en su caso propuestas por la Unidad de Género y Derechos Humanos de la Comisión Ejecutiva, sometidas a consideración del Comisionado, quien será el encargado de autorizar la erogación de los recursos.
La Comisión Ejecutiva está facultada para administrar el recurso destinado a la adquisición del equipo informático, parque vehicular y demás bienes necesarios para su funcionamiento.
Artículo 5. El recurso será destinado a cubrir el gasto de las acciones encaminadas a la capacitación, difusión y equipamiento de la Comisión Ejecutiva para la mitigación de la alerta, así como el fortalecimiento de las acciones que llevan a cabo los municipios, para la atención de la declaratoria de Alerta.
Artículo 6. La aplicación del recurso será destinada a las actividades siguientes:
I. Para la Comisión Ejecutiva:
a.

Talleres.

b.

Diplomados.

c.

Certificaciones.

d.

Foros Regionales.

e.

Capacitación al primer Interviniente.

f.

Difusión de las Acciones implementadas en atención a la Alerta.

g.

Adquisición de Equipo Informático.

h.

Adquisición de Parque Vehicular.

i.

Difusión de Cédulas de búsqueda de Personas Desaparecidas.

j.

Terapia de Burn Out.

k.

Difusión de Cartillas de Derechos.

II. Para los Municipios:
a.

Talleres.

b.

Diplomados.

c.

Certificaciones.

d.

Capacitación al primer Interviniente.

e.

Difusión de las Acciones implementadas en atención a la Alerta.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Cuarta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

CountryMexico

Date28/02/2018

Page count4

Edition count1838

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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