Periódico Oficial del Estado de México del día 20/10/2017 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 2

20 de octubre de 2017

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO

LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DECRETA:
DECRETO NÚMERO 251
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción XVII del artículo 62; y se adiciona el artículo 33 Ter y la fracción XIX
del artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 33 Ter.- Conforme a lo previsto en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios corresponde a la Legislatura del Estado designar por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los Titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos a los que la Constitución reconoce Autonomía y que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado.
Dicho procedimiento se sustanciará bajo los principios de publicidad y transparencia, mediante la expedición de la Convocatoria respectiva misma que contendrá los lineamientos y plazos para tal efecto.
La Convocatoria será aprobada por el Pleno de la Legislatura a propuesta de la Junta de Coordinación Política.
Artículo 62.-
I. a XVI.-
XVII.- Proponer al Pleno la convocatoria para la designación de los Titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos con Autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado, en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, las leyes que regulan dichos organismos, la presente Ley y el Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; y XVIII

XIX.- Las demás que le confieran la ley, el reglamento o la Asamblea.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
TERCERO.- Los Contralores de los Organismos con Autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado y que fueron designados por la Legislatura, que se encuentren en funciones a la entrada en vigor del Decreto 202 de la LIX Legislatura, continuarán en su encargo en los términos en los que fueron nombrados, teniéndose ratificados como Titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos con Autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado.
CUARTO.- El Poder Legislativo proveerá lo necesario para la sustanciación de los procesos de designación de los Titulares de los Órganos Internos de Control de los Organismos con Autonomía reconocidos en la Constitución y que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos del Estado previstos en este Decreto.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 20/10/2017 (Sección Cuarta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

CountryMexico

Date20/10/2017

Page count4

Edition count1838

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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