Periódico Oficial del Estado de México del día 05/08/2015 (Sección Cuarta)
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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)
CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
A:202/3/001/02
Tomo CC
Número de ejemplares impresos: 400
Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 5 de agosto de 2015
No. 26
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SUMARIO:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA
FISCAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO.
"2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón".
SECCION CUARTA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, CELEBRADO ENTRE EL
GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO.
El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que en lo sucesivo se denominará la "Secretaría", representada por su titular el C. Luis Videgaray Caso y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de México al que en lo sucesivo se denominará la "entidad", representada por los CC. Dr. Eruviel Ávila Villegas, José S. Manzur Quiroga y Lic. Joaquín Castillo Torres, en su carácter de Gobernador Constitucional, Secretario General de Gobierno y Encargado del Despacho de la Secretaría de Finanzas, respectivamente, con fundamento en los siguientes artículos de la legislación federal: 25, 26 y 116, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracciones II, XI, XIV y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 6o., fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con los artículos 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, y en la legislación estatal, en los artículos: 4, 65, 77, fracciones II, XXIII y XXXVIII y 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 5, 7, 19, fracciones I y III, 20, 21, fracciones II y VIII, 23 y 24, fracciones II, III, IV y XVII de la Ley Orgánica de la Administrac án Pública del Estado de México; 1, 5, 7, 13 y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios del Estado, y 42, segundo párrafo y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado, y CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra a la planeación democrática del desarrollo nacional como un instrumento idóneo para promover una política de desarrollo que refuerce las bases sociales del Estado y la viabilidad de nuestras instituciones, que confiera transparencia a las acciones de gobierno y que impulse la actividad económica, social, política y cultural del país;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 señala como una tarea de fundamental importancia, impulsar un federalismo articulado, mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno para lo cual es menester promover un replanteamiento de los mecanismos de coordinación, que permita mayor transparencia en el actuar público y en la implementación de políticas públicas comunes o concurrentes, así como la claridad de las responsabilidades que cada orden de gobierno tiene en la arquitectura institucional frente a la ciudadanía;
Que el Plan Nacional de Desarrollo establece como línea de acción, impulsar la inclusión y la participación efectiva de los gobiernos estatales y municipales en las distintas instancias de decisión de las políticas públicas nacionales, entre ellos el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal;