Periódico Oficial de Zacatecas del 30/11/2022

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Source: Periódico Oficial de Zacatecas

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PERIODICO OFICIAL No. 96

Una vez recabados los informes correspondientes a las diferentes dependencias que cuentan en sus registros con domicilios de personas físicas, y al haberse acreditado con ello que efectiva ente se desconoce el domicilio y paradero de la demandada EVA YOLANDA MARTÍNEZ ROMÁN, emplácese al mismo mediante edictos que se publicaran en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno y en un diario de los de mayor circulación en el Estado de Zacatecas, por tres veces consecutivas, se fijara demás un tanto en los estrados de este Juzgado Primero Mixto de Primera Instancia y de lo Familiar de Ojocaliente Zacatecas, haciéndole saber a Usted, que deberá presentarse ante esta Autoridad a dar contestación a la demanda entablada en su contra en un término de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la fecha de la última publicación, bajo el apercibimiento de que, si no lo hace, se le tendrá por contestada en sentido negativo presunta ente; de igual forma se le previene para que dentro del término mencionada señale domicilio en el lugar del juicio para oír y recibir notificaciones de su parte, haciéndole saber que de no hacerlo las subsiguientes aún las de carácter personal se le efectuaran mediante Cédula de Notificación personal que se publique y fije en los estrados de este Juzgado; en el entendido de que las copias de la de anda y anexo quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Juzga Ojocaliente, Zacatecas a 18 de noviembre del año 2022.
C. SECRETARIA DE ACUERDOS
LIC. ANA ISABEL MARTÍNEZ CONTRERAS
Partida de Pago Núm. 24024278 95 96 97
Folio Núm. 6503

EDICTO
A: HORTENCIA ACOSTA MARTELL
PRESENTE.
Dentro del expediente 292/2021 del Juzgado Tercero Del Ramo Civil de Distrito Judicial de la Capital de Zacatecas, relativo al JUICIO CIVIL ORDINARIO DE ACCIÓN DE NULIDAD ABSOLUTA DE CONTRATO
DE COMPRA VENTA. promovido por ROLANDO RUELAS RODARTE en contra de HORTENCIA ACOSTA
MARTELL, CELIA CRUZ DOMÍNGUEZ ACOSTA, MANUEL ANTONIO DOMÍNGUEZ ACOSTA y Consejo Promotor de Vivienda Popular ahora conocida como SEDUVOT Secretaría de Desarrollo Urbano Vivienda y Ordenamiento Territorial. El Juzgado Tercero del Ramo Civil del Distrito Judicial de la Capital, dispuso:
En virtud de haberse acreditado que se ignora el domicilio de la parte demandada HORTENCIA ACOSTA
MARTELL, por este conducto, en estos momentos se le emplaza por edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en los Periódicos Oficial Órgano de Gobierno del Estado, uno de mayor circulación del Estado y estrados de este Juzgado, para que dentro del término de TREINTA 30 DÍAS HÁBILES, contados a partir de que se haga la última publicación, de contestación a la demanda entablada en su contra, apercibiéndole que, de no hacerlo dentro del término establecido, se le tendrá por contestada la misma en sentido negativo presuntivamente; por lo que se le requiere, para que en igual término señale domicilio en esta Ciudad, para recibir notificaciones, apercibiéndole de que no hacerlo las subsecuentes y aún las de carácter personal le serán hechas en los estrados de este Juzgado, salvo previsión especial de la ley, haciéndole saber que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Zacatecas, se le hace saber a las partes los beneficios y bondades que brindan los procedimientos alternativos de solución de conflictos, cuyá finalidad es fomentar la convivencia armónica e inducir a una cultura de paz social, solucionando los litigios de naturaleza Jurídica que surjan en la sociedad, a través del dialogo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad, para que, en caso de que así convenga a sus intereses, acudan al Centro Estatal de Justicia Alternativa con sede en ésta Ciudad de Gobierno; así mismo se le hace saber que a la parte demandada HORTENCIA ACOSTA MARTELL, que se le reclaman textualmente las siguientes prestaciones:
A.- LA NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA DEL BIEN INMUEBLE
identificado como lote 52 cincuenta y dos, de la manzana 76 setenta y seis , ubicado en la Tercera Sección La Fe del Municipio de Guadalupe Zac., mismo que se describe en el folio 16939 celebrado entre el Consejo de la Vivienda Popular representado en ese entonces por su Director General el c. ISMAEL
SALÍS MARES y la c. HORTENCIA ACOSTA MARTELL, el día 13 trece de abril del año 2011 dos mil once inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Zacatecas, Zac., bajo el número 63 sesenta y tres, folio 63 sesenta y tres del Volumen 1991 ciento noventa y uno Libro miércoles 30 de noviembre de 2022

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Periódico Oficial de Zacatecas del 30/11/2022

TitlePeriódico Oficial de Zacatecas

CountryMexico

Date30/11/2022

Page count79

Edition count755

First edition20/08/2014

Last issue22/06/2024

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