Periódico Oficial de Zacatecas del 4/5/2022

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Source: Periódico Oficial de Zacatecas

PERIODICO OFICIAL No. 36

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2. El pago de intereses ordinarios y legales moratorios que se deriven por el incumplimiento de la parte del ahora demandado, a razón 6% mensual.
3. El pago de los gastos y costas que se originen con el motivo de la tramitación del presente juicio, hasta su total conclusión, a favor de la parte actora, establecidos por la ley de la materia en vigor, aplicable;
quien, para efectos de la tramitación del presente juicio, en ejercicio de la acción cambiaria directa.
Haciéndole saber que debe presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados al día siguiente de la última publicación, para que conteste la demanda entablada en su contra, oponiendo excepciones y ofreciendo pruebas de su parte, debiéndose a la contestación de la demanda a todos y a cada uno de los hechos de la misma, afirmándolos o negándolos con la expresión de si los ignora o citándolos como crea que tuvieron lugar, apercibido que de no hacerlo, se le tendrán por admitidos los que no controviertan sin aceptársele prueba en contrario; en caso de no contestar se le tendrá por realizada en términos negativos, ello de conformidad a los Artículos 1063,1390 BIS 8 del Código de Comercio en vigor, 329; y 332 del Código Federal de Procedimientos Civil, aplicado de forma supletoria al ordenamiento legal referido líneas arriba, siguiéndose en su el juicio en su rebeldía, se le hace saber que las copias de traslado quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este H. Juzgado y que de no presentarse dentro del término concedido se seguirá el juicio en su rebeldía, le requiero para que en el mismo plazo, designe domicilio en esta ciudad de Pinos, Zacatecas, para oír y recibir notificaciones, apercibiéndosele que, en caso de no hacerlo, las ulteriores y aun las de carácter personal se le harán en apego a lo dispuesto por el Artículo 1069 del Código de Comercio, sin perjuicio de que el emplazamiento sea la única notificación personal permitida por el Artículo 1390 BIS 10, del Código de Comercio Vigente y las determinaciones que se pronuncian. en este procedimiento sean notificadas a las partes conforme a las reglas de las notificaciones no personales.
De igual forma se le requiere a al demandado para que dentro del término antes mencionado señale bienes de su propiedad suficientes para garantizar el adeudo reclamado en la presente causa, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, ese derecho pasara a la parte actora, quien podrá hacer el señalamiento correspondiente ante la presencia del ministro ejecutor que se designe ello de conformidad a lo establecido por los Artículos 1390 TER 5, 1392, 1393, 1394, 1395 y 1396 del Código de Comercio en vigor.
Publíquese por tres veces consecutivas, en el Periódico Oficial Local del Estado y en uno de los periódicos de circulación amplia y de cobertura nacional.
Pinos, Zacatecas a 05 de abril de 2022
SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
LICENCIADO TOMAS HIBARRA ROQUE.
Partida de Pago Núm. 23501919 35 36 37

miércoles 4 de mayo de 2022

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Periódico Oficial de Zacatecas del 4/5/2022

TitlePeriódico Oficial de Zacatecas

CountryMexico

Date04/05/2022

Page count77

Edition count743

First edition20/08/2014

Last issue01/05/2024

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