Periódico Oficial de Tlaxcala del 14/8/2019 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

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Periódico Oficial No. 33 Segunda Sección, Agosto 14 del 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala.
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TLAXCALA
LXIII LEGISLATURA
2019, Conmemoración de los 500 años de mestizaje
demás acciones promovidas al Municipio, en términos de la Base Novena, fracción VI y Décima Segunda del Procedimiento Interno para la Dictaminación de las Cuentas Públicas del Ejercicio Fiscal 2018, por lo que el Municipio está obligado a sujetarse a los procedimientos de responsabilidad administrativa, indemnizatorios y/o penales o cualquier otro que legalmente resulte procedente, tomándose en consideración lo establecido en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO
PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, el Congreso del Estado de Tlaxcala declara revisada, analizada y fiscalizada la cuenta pública del Municipio de San Francisco Tetlanohcan, correspondiente al ejercicio fiscal dos mil dieciocho, con base en el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, elaborados por el Órgano de Fiscalización Superior.
SEGUNDO. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 54 fracción XVII, inciso b de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y demás disposiciones legales aplicables, y con base en el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior, emitido por el Órgano de Fiscalización Superior, este Congreso del Estado de Tlaxcala acuerda dictaminar la cuenta pública del ejercicio fiscal dos mil dieciocho, incluido en el presente dictamen en los siguientes términos:
MUNICIPIO
SAN FRANCISCO
TETLANOHCAN

SENTIDO
APROBADA

TERCERO. Se instruye al Órgano de Fiscalización Superior a dar seguimiento a las observaciones pendientes de solventar, por lo que el presente dictamen no modifica, solventa, limita o implica nulidad de las observaciones, las que continuarán subsistentes, conforme a los informes de resultados, así mismo el Órgano informará al Congreso en los plazos que señala el artículo 79, fracción II, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Comisión, el estado que guardan los procedimientos de responsabilidad indemnizatorios iniciados, las denuncias presentadas, las promociones de responsabilidad administrativa solicitados, los recursos de revocación presentados, y
CUARTO. El sentido del presente Dictamen se emite sin perjuicio de la competencia y facultades que en materia de fiscalización de recursos federales, establecen los artículos 47 y 50 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás normatividad Federal aplicable a la Auditoria Superior de la Federación y autoridades fiscalizadoras locales; y de igual forma sin perjuicio de la observancia a los deberes previstos en el artículo 109
fracción III, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del Órgano de Fiscalización Superior, y de los órganos internos de control, o de sus respectivos equivalentes en el ámbito local, tomando como base las observaciones del informe.
QUINTO. Se exhorta respetuosamente al Municipio de San Francisco Tetlanohcan aplicar la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a efecto de llevar a cabo los procedimientos resarcitorios a que haya lugar en relación a las observaciones que no fueron solventadas y que no implican una afectación al patrimonio de dicho Municipio.
SEXTO. Remítase copia del presente Dictamen al Órgano de Fiscalización Superior y al Municipio para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
SÉPTIMO. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 116, fracción II, párrafos quinto y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24 y 25 fracciones IX y XI, 63 fracciones XXIV y XXV y 65 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, el informe de resultados incluirá invariablemente los montos resarcidos a la Hacienda Pública o al patrimonio del Municipio, derivado de la fiscalización de la Cuenta Pública y en un apartado especial, la atención a las recomendaciones, así como el estado que guarden las denuncias penales presentadas y los procedimientos de responsabilidad administrativa e indemnizatoria, promovido en términos de la legislación aplicable.

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 14/8/2019 - Sección 2

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

CountryMexico

Date14/08/2019

Page count7

Edition count441

First edition12/01/2011

Last issue19/04/2023

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