Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/2/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 01 de febrero de 2023

Página 21

Administrar los recursos del Fideicomiso, la cartera de estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento a ejecutar, así como definir su prioridad, conforme a las disposiciones aplicables;
Dar seguimiento al avance financiero y físico de los estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento que sean objeto del apoyo y definir las evaluaciones de sus resultados;
Cumplir con las reglas y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos del Fondo;
Aprobar los estados financieros del Fideicomiso y, en su caso, realizar las observaciones a que haya lugar; y Aprobar las políticas de inversión del patrimonio del Fondo y la aplicación que de dichos recursos realice.
ARTÍCULO NOVENO. Lo señalado en el presente Decreto no podrá ser modificado y/o alterado, si no con motivo de un nuevo Decreto y, en virtud de tal circunstancia, la violación a lo señalado en el presente Decreto será sancionado conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas.
La Fiduciaria deberá abstenerse de cumplir las resoluciones del Comité Técnico que contravengan lo señalado en el presente Decreto y así habrá de establecerse en el contrato respectivo.
ARTÍCULO DÉCIMO. Para la liquidación o extinción del Fideicomiso, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable, siempre con la intervención que corresponda de la Contraloría Gubernamental. El Gobierno del Estado, en el Contrato del Fideicomiso, habrá de reservarse la facultad de revocar el presente Fideicomiso, cuya constitución autoriza este Decreto.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto Gubernamental entrará en vigor el día de su expedición y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría de Finanzas, a realizar las acciones a las que haya lugar, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo Séptimo Transitorio del Presupuesto de Egresos del Estado de Tamaulipas para el ejercicio fiscal 2023, publicado en el Periódico Oficial del Estado Edición Vespertina Número 151 de fecha 20 de diciembre de 2022.
ARTÍCULO TERCERO. La Secretaría de Finanzas, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; suscribirá el Contrato Constitutivo del Fideicomiso, atendiendo las disposiciones del presente Decreto.
ARTÍCULO CUARTO. En lo no previsto en el presente Decreto, se estará a lo dispuesto por la legislación aplicable.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los 10 días del mes de enero del año dos mil veintitrés.
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- AMÉRICO VILLARREAL
ANAYA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ.Rúbrica.- LA SECRETARIA DE FINANZAS.- ADRIANA LOZANO RODRÍGUEZ.- Rúbrica.

PODER JUDICIAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA
En sesión ordinaria celebrada en fecha veinticinco de enero en curso, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, emitió el siguiente Acuerdo:
Acuerdo General 3/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, relativo al acuerdo que provee el cambio de domicilio del Juzgado de Primera Instancia Mixto y del Juzgado Menor, ambos del Octavo Distrito Judicial, con residencia en Xicoténcatl.
CONSIDERANDO
I.- Que de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 100 de la Constitución Política del Estado, la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, estará a cargo del Consejo de la Judicatura.
II.- Que conforme al artículo 114, fracciones IV y XVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, son atribuciones del Consejo de la Judicatura, entre otras, señalar a cada Juez su distrito, número, materia y domicilio de cada juzgado, así como elaborar los proyectos de reglamento y acuerdos necesarios para el funcionamiento del Poder Judicial.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/2/2023 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date01/02/2023

Page count22

Edition count4064

First edition02/01/1999

Last issue22/05/2024

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