Periódico Oficial de Tamaulipas del 29/11/2022 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 20

Victoria, Tam., martes 29 de noviembre de 2022

Periódico Oficial

En ese sentido, la sola acreditación de un partido político nacional ante la autoridad local no genera, de manera automática, que acceda de forma total a la prerrogativa del financiamiento público local, pues para ello es necesario tomar en consideración las reglas previstas tanto en la Constitución como en las leyes generales, dado que el otorgamiento del financiamiento público a los partidos políticos nacionales que no obtuvieron el 3% del umbral requerido en el Estado de Tamaulipas, no es una cuestión que puede verse aislada del sistema jurídico electoral, sino que se encuentra sujeta a ciertas reglas de operatividad que le debe de dar funcionalidad al sistema y permitir el cumplimiento de los fines de los institutos políticos, pero en armonía con los principios constitucionales rectores.

Por lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 41, párrafo tercero, bases I, párrafo primero, II, párrafo primero y segundo, y V, apartado C, numeral 1, 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso f y g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 98, numeral 1, 104, numeral 1, inciso b, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 9, numeral 1, inciso a, 23, numeral 1, inciso d, 26, numeral 1, inciso b y d, 50, numerales 1 y 2, 51, numeral 1, inciso a y c, 52, numeral 1 y 2 de la Ley General de Partidos Políticos; 20, párrafo segundo, bases II, apartado A, párrafos primero, cuarto, séptimo y octavo, y III, numerales 1
y 2 Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1, 3, párrafos primero y tercero, 74, 75, 79, 85, 93, 99, 100, 101, 103 y 110, fracciones X, XXVI, LXVII y LXXIII de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se declara la pérdida del derecho a recibir financiamiento público local para actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas como entidad de interés público, del Partido de la Revolución Democrática, para los ejercicios anuales 2023 y 2024; al no haber obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección para renovar el Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas en el Proceso Electoral Ordinario 2021-2022.
SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva, notifique el presente Acuerdo a las representaciones de los partidos políticos con acreditación ante el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva, notifique el presente Acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, a la Unidad Técnica de Fiscalización y a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral, por conducto de la última; y, a la Junta Local Ejecutiva de la referida autoridad nacional en Tamaulipas, por conducto del Vocal Ejecutivo Local, para su conocimiento.
CUARTO. Comuníquese el presente Acuerdo, por conducto de la Secretaría Ejecutiva a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, Partidos y Agrupaciones Políticas, a la Dirección de Administración y a la Unidad de Fiscalización Planeación y Vinculación con el INE, de este Instituto, para los efectos legales conducentes.
QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas.
SEXTO. Publíquese este Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en los Estrados y en la página de Internet de este Instituto para conocimiento público.
ASÍ LO APROBARON POR UNANIMIDAD CON SIETE VOTOS A FAVOR DE LAS CONSEJERAS Y LOS
CONSEJEROS ELECTORALES DEL CONSEJO GENERAL, EN LA SESIÓN No. 52, EXTRAORDINARIA, DE
FECHA 23 DE NOVIEMBRE DEL 2022, LIC. JUAN JOSÉ GUADALUPE RAMOS CHARRE, MTRO. ELISEO
GARCÍA GONZÁLEZ, LIC. ITALIA ARACELY GARCÍA LÓPEZ, MTRA. MARCIA LAURA GARZA ROBLES, LIC.
DEBORAH GONZÁLEZ DÍAZ, MTRA. MAYRA GISELA LUGO RODRÍGUEZ Y MTRO. JERÓNIMO RIVERA
GARCÍA, ANTE LA PRESENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, POR LO
QUE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 112 FRACCIÓN XIV DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS, EN FÉ DE VERDAD Y PARA CONSTANCIA LEGAL FIRMAN EL PRESENTE PROVEÍDO EL
LIC. JUAN JOSÉ GUADALUPE RAMOS CHARRE, CONSEJERO PRESIDENTE DEL IETAM Y EL ING. JUAN
DE DIOS ÁLVAREZ ORTIZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL IETAM. DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSEJERO PRESIDENTE DEL IETAM.- LIC. JUAN JOSÉ GUADALUPE RAMOS CHARRE.- Rúbrica.SECRETARIO EJECUTIVO DEL IETAM.- ING. JUAN DE DIOS ÁLVAREZ ORTIZ.- Rúbrica.

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El 27 de marzo de 2019, la Sala Superior del TEPJF dicto sentencia dentro del expediente SUP-REC-56/2019 y SUP-REC-57/2019 acumulados, en el sentido de confirmar la sentencia de la Sala Regional Monterrey en los juicios de revisión constitucional electoral SM-JRC-11/2019 y SM-JRC12/2019 acumulados, toda vez que los agravios planteados resultaron infundados.
Sentencias que confirmaron el Acuerdo IETAM/CG-98/2018 del Consejo General del IETAM por el que se emitió la declaratoria relativa a la pérdida del derecho de los partidos políticos nacionales de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México. Del Trabajo y movimiento Ciudadano a recibir financiamiento público local para actividades ordinarios y específicas para el ejercicio 2019. Al no haber obtenido, al menos, el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección para elegir a los integrantes de los ayuntamientos en el Estado de Tamaulipas en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 29/11/2022 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date29/11/2022

Page count20

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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