Periódico Oficial de Tamaulipas del 24/8/2022 - Legislativo

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 24 de agosto de 2022

Página 3

II.- Cumplir con el Calendario Escolar para cada ciclo escolar que establece la Secretaría de Educación del Estado;
III.- Conceder becas totales o parciales, en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población estudiantil; lo anterior, de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y al previsto por los artículos 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento del Sistema Estatal de Becas, Créditos y Estímulos Educativos de Tamaulipas;
IV.- Cumplir con lo que ordena la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de febrero de 1984, así como cumplir con los actos cívicos que marca el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública;
V.- Constituir la Asociación de Padres de Familia, en los términos del Reglamento respectivo vigente;
VI.- Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto respectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1986;
VII.- Integrar el Consejo Técnico, mismo que se ocupará de auxiliar a la Dirección del plantel en la elaboración de planes de trabajo, aplicación de métodos de enseñanza, atención a problemas disciplinarios y evaluación de la actividad educativa;
VIII.- Observar con rigurosidad lo establecido por la Ley para la Prevención de la Violencia en el Entorno Escolar del Estado de Tamaulipas;
IX.- Observar de manera irrestricta la normatividad establecida en cuanto a la edad y cantidad máxima de alumnos por aula en cada nivel y modalidad educativa;
X.- En caso de cualquier modificación a la estructura física del plantel educativo, deberá presentar los planos, haciendo las gestiones y trámites correspondientes;
XI.- Deberá contar con las constancias de Protección Civil y Uso de Suelo, así como el Certificado de Infraestructura Física Educativa permanentemente vigentes;
XII.- Dar aviso a esta Secretaría de Educación e iniciar el trámite correspondiente, en caso de decidir el cambio de titular, domicilio, denominación, suspensión o baja del plantel educativo, de conformidad con la normatividad vigente; y XIII.- En caso de decidir dar de baja a la institución particular CARACOLES LOMA, dar aviso a la Secretaría de Educación de Tamaulipas en un plazo mínimo de 90 días anteriores a la terminación del ciclo escolar y hacer entrega de los archivos correspondientes.
NOVENO.- Que el expediente que se integró, ha sido revisado, observándose que se cumplieron las disposiciones establecidas en las leyes aplicables; por lo cual el titular de la Subsecretaría de Planeación con antelación emitió opinión técnica favorable para que el Secretario de Educación del Estado otorgue Acuerdo de Autorización Oficial de Estudios a la institución educativa particular CARACOLES LOMA para que imparta los estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y turno matutino, en el domicilio ubicado en Avenida América Española número 226, colonia Pedro Sosa en Cd. Victoria, Tamaulipas.
En atención a lo expuesto y con fundamento en los artículos 3 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafo segundo, 7 fracción III inciso b, fracción V, 15, 16, 22, 30, 141 y Titulo Décimo Primero de la Ley General de Educación; 140 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, 34 fracciones I, III, IV y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12 fracciones I y XII, 19, 21, 30, 61, 64, 91, 92, 94 y 95, de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y el Acuerdo 357 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2005 he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO SECRETARIAL MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA AL PLANTEL EDUCATIVO PARTICULAR
CARACOLES LOMA PARA QUE IMPARTA LOS ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PREESCOLAR EN CD.
VICTORIA, TAMAULIPAS.
ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza al plantel educativo particular CARACOLES LOMA, para que imparta estudios de Educación Preescolar, funcionando con alumnado mixto y turno matutino, en el domicilio ubicado en Avenida América Española número 226, colonia Pedro Sosa en Cd. Victoria, Tamaulipas, correspondiéndole el Acuerdo de Autorización Oficial de Estudios Número 22061428.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12 fracciones I y XII, 19, 21, 22, 30, 61, 64, 91, 92, 94 y 95 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y 34 fracciones I, II y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, la escuela particular CARACOLES
LOMA, queda sujeta a la inspección y vigilancia de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado.

About this edition

Periódico Oficial de Tamaulipas del 24/8/2022 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date24/08/2022

Page count37

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2022>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031