Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/7/2020 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 09 de julio de 2020

Página 5

TERCERO. Que el segundo párrafo del artículo 93 de la Constitución Política Local, establece que las Secretarías que integren la Administración Pública Estatal, promoverán la modernización permanente de sus sistemas y procedimientos de trabajo, la transparencia en el ejercicio de la función pública, la eficiencia que evite la duplicidad o dispersión de funciones y aprovecharán óptimamente los recursos a su alcance, a fin de responder a los reclamos de la ciudadanía y favorecer el desarrollo integral del Estado.
CUARTO. Que para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que competen al Ejecutivo del Estado, a cargo del suscrito, contará con las Dependencias y Entidades que señalen la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, los decretos respectivos y las demás disposiciones jurídicas vigentes, en atención a lo previsto por el artículo 3 de la citada Ley Orgánica.
QUINTO. Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas señala que para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las Dependencias del Ejecutivo podrán contar con órganos administrativos desconcentrados, que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia que se determine en cada caso, con cierta autonomía técnica y operativa, pero sin tener personalidad jurídica ni patrimonio propios.
Asimismo, señala que la estructura orgánica interna de los organismos desconcentrados en cada una de las Dependencias y Entidades, deberá someterse a la consideración y acuerdo del Poder Ejecutivo.
SEXTO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, menciona dentro del Eje de Seguridad Ciudadana bajo el rubro de Gobierno Eficaz, que para lograr el objetivo de implementar una reforma en la Administración Pública Estatal que permita alcanzar niveles óptimos de desempeño con la profesionalización del servicio público y los servidores públicos, de acuerdo con sus funciones y capacidades, es necesario entre otras líneas de acción la de realizar la adecuada reestructuración organizacional de las dependencias y entidades de la administración pública estatal con estructuras orgánicas y funcionales adecuadas, que permitan una efectiva operación institucional.
SÉPTIMO. Que el 8 de julio del año 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado número 82, en su Edición Vespertina, el Decreto Gubernamental Mediante el cual se crea la Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, dotado de autonomía técnica, operativa y de gestión, integrado por la estructura y las funciones que establezca el Reglamento Interior y los manuales de organización y de procedimientos correspondientes, y su objeto será soportar el cumplimiento de las atribuciones que le competen a la Dirección.
OCTAVO. Que es necesario establecer la estructura orgánica del órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública denominado Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes, a fin de establecer una unidad administrativa que se encargue de la supervisión y ejecución de las medidas cautelares y suspensión condicional del proceso, así como de las medidas de sanción impuestas a los adolescentes por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como delito, en términos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; que, en el ejercicio de sus atribuciones, establecerá los procedimientos de ejecución de medidas de sanción y de internamiento preventivo, así como los relativos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución de las medidas dictadas por el órgano jurisdiccional.
En virtud de la fundamentación y motivación expuestas, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO GUBERNAMENTAL POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS PARA ADOLESCENTES DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO 1. La Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes, tendrá la estructura orgánica siguiente:
1. Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes 1.1. Centro Regional de Ejecución de Medidas para Adolescentes Gemez 1.1.1. Departamento Técnico 1.1.2. Departamento Jurídico 1.2. Centro Regional de Ejecución de Medidas para Adolescentes Reynosa 1.2.1. Departamento Técnico 1.2.2. Departamento Jurídico 1.3. Centro Regional de Ejecución de Medidas para Adolescentes Matamoros 1.3.1. Departamento Técnico 1.3.2. Departamento Jurídico 1.4. Centro Regional de Ejecución de Medidas para Adolescentes Nuevo Laredo 1.4.1. Departamento Técnico 1.4.2. Departamento Jurídico

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/7/2020 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date09/07/2020

Page count36

Edition count4064

First edition02/01/1999

Last issue22/05/2024

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