Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/5/2020 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 14 de mayo de 2020

Página 3

CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente Convenio tiene por objeto coordinar acciones entre LAS PARTES para que a través de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal Ciudad de México FASP previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y los que aporte LA ENTIDAD FEDERATIVA, la misma esté en condiciones de atender las políticas, estrategias y prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, los Programas y Subprogramas con Prioridad Nacional y demás acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con base en lo preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 44 y 45
de la Ley de Coordinación Fiscal y demás normativa aplicable.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL FASP.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y los Criterios de Distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal Ciudad de México FASP para el ejercicio fiscal 2020 y los resultados de su aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2020, LA ENTIDAD FEDERATIVA recibirá la cantidad de $221711,785.00
doscientos veintiún millones setecientos once mil setecientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N. de los recursos del FASP.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del presente Convenio, LA
ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 25% veinticinco por ciento del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $55,427,946.25 cincuenta y cinco millones cuatrocientos veintisiete mil novecientos cuarenta y seis pesos 25/100 M.N..
El Financiamiento Conjunto pactado en el presente Convenio, integrado por las aportaciones federal y estatal suman en conjunto la cantidad de $277,139,731.25 doscientos setenta y siete millones ciento treinta y nueve mil setecientos treinta y un pesos 25/100 M.N..
Las acciones prioritarias, metas y conceptos convenidos de los Programas con Prioridad Nacional, se establecerán en un Anexo Técnico, el cual una vez firmado por las y los Titulares de las Unidades Administrativas competentes de EL SECRETARIADO, y la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública de LA ENTIDAD FEDERATIVA, formará parte integrante del presente Convenio.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7, fracción II y 8 de la Ley General y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, LA ENTIDAD FEDERATIVA destinará recursos del Financiamiento Conjunto, para realizar acciones específicas en materia de seguimiento y evaluación respecto de las acciones, metas, conceptos y recursos asociados de los Programas con Prioridad Nacional, instrumentados en el marco de este Convenio, en los términos establecidos en el Anexo Técnico y observando los Lineamientos Generales de Evaluación que emita EL SECRETARIADO.
LA ENTIDAD FEDERATIVA deberá ejercer los recursos del FASP observando los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que aseguren las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, previstos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; las disposiciones para el ejercicio, control, vigilancia, información, evaluación y fiscalización previstas en la Ley General; los fines y objetivos previstos en los artículos 45 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal; el principio de anualidad previsto en el artículo 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos previstos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental; los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que rigen a las Entidades Federativas, así como a sus respectivos Entes Públicos, previstos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; los principios para la programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación aplicables a los recursos federales, previstos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; las disposiciones en materia de contratación y adquisición de bienes, servicios e infraestructura, así como para la administración y ejercicio, previstas en las leyes locales en lo que no se contrapongan a la legislación federal; los Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública y demás disposiciones aplicables a los recursos del FASP.
Con el objeto llevar a cabo la administración de los recursos del FASP con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados, el SECRETARIADO, señalará a la ENTIDAD FEDERATIVA los bienes y servicios sujetos a adquirirse de manera consolidada.
Para tal efecto LA ENTIDAD FEDERATIVA establecerá dentro del Anexo Técnico los conceptos que habrán de formar parte de la consolidación conforme al procedimiento que emita el SECRETARIADO, siempre que se aseguren al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes locales en lo que no se contrapongan a la legislación federal y demás normativa aplicable; para lo cual el Gobierno de LA ENTIDAD FEDERATIVA deberá proporcionar toda la información que se requiera.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 14/5/2020 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date14/05/2020

Page count8

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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