Periódico Oficial de Tamaulipas del 12/2/2020 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., miércoles 12 de febrero de 2020

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MARIO GÓMEZ MONROY, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de Tamaulipas, a mi cargo confieren los artículos 23 fracción XI y 34 fracciones I, III, IV y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que mediante escrito de fecha 30 de abril del 2019, el ciudadano EFRÉN OCHOA MIRELES, representante legal de la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., solicitó autorización para que su auspiciado CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, imparta los estudios de Educación Preescolar con alumnado mixto y turno vespertino en las instalaciones ubicadas en Avenida Arboledas número 42, esquina con calle Roble, Fraccionamiento Arboledas en H. Matamoros, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., se compromete a que su auspiciado el plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE
MATAMOROS, así como el personal directivo y docente, ajusten sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de Educación, Ley de Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos de estudios y disposiciones emanadas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
TERCERO.- Que la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., por conducto de su representante legal el C. EFRÉN OCHOA MIRELES, y el personal directivo y docente del plantel, han declarado bajo protesta de decir verdad, que en la educación que imparta la institución educativa particular CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, se respetarán las leyes y reglamentos aplicables; y en lo relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Ley General de Educación y 6 de la Ley de Educación para el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE
MATAMOROS, reúne las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en los artículos 55
fracción II de la Ley General de Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado, conforme al resultado del informe realizado por los ciudadanos SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Encargado del Departamento de Incorporación y Supervisión y RAMIRO ARIAS ACOSTA, Encargado del Departamento de Planeación y Evaluación en el Centro Regional de Desarrollo Educativo en H. Matamoros, de la Secretaría de Educación del Estado; contando con el equipo y material didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas aprobándose además, la integración de los grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., que auspicia al plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, ha aceptado que dicha institución está sujeta a que la Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier modificación o cambio relacionado con su denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del personal directivo, docente y técnico.
SEXTO.- Que la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., quien auspicia al plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel, respecto a la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la cual deberá quedar establecida 30 días antes de la inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse dentro del período para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que la persona moral CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, S.A. DE C.V., se ha comprometido a que el plantel educativo particular CENTRO EDUCATIVO OXFORD DE MATAMOROS, observe las siguientes normas:
I.- En cuanto a cooperaciones extraordinarias estas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso, de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II.- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresará su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III.- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por esta, bajo la estricta vigilancia de la Asociación de Padres de Familia.
IV.- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su permanencia, no se condicionará al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 12/2/2020 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date12/02/2020

Page count37

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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