Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/3/2019 - Legislativo

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 32

Victoria, Tam., martes 26 de marzo de 2019

la C. SUSANA CAMACHO GARCÍA, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario de los de mayor circulación, por TRES VECES
consecutivas, además de fijarse en la puerta del Juzgado en el entendido de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado.- Por dicho edicto hágase saber al interesado que deberá presentar su contestación dentro del término de sesenta días a partir de la fecha de la última publicación.- Lo anterior se autoriza en la inteligencia de que si por cualquier medio se toma conocimiento del domicilio de dicho demandado, o apareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento ordenado se tendrá como no hecho, y se mandará practicarlo en el domicilio que resulte conocido.- Expídanse a la parte actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de radicación.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los artículos 4º, 55, 66, 67, 68, 255 y 256 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- Así lo provee y firma el Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Lic. Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo Civil.- Lic. Stephanie Aceneth Velázquez Salas.- Secretaria de Acuerdos.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los 07 días del mes de febrero del año 2019.- DOY FE.
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. RAÚL JULIÁN
OROCIO CASTRO.- Rúbrica.- C. Secretario de Acuerdos, LIC. STEPHANIE ACENETH VELÁZQUEZ SALAS.Rúbrica.
1690.- Marzo 26, 27 y 28.-1v3.
EDICTO
Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.
Cuarto Distrito Judicial.
H. Matamoros, Tam.
AL C. GUADALUPE ISAÍAS VELÁZQUEZ GONZÁLEZ Y
LIZET VELÁZQUEZ GONZÁLEZ
CUYO DOMICILIO SE IGNORA.
En el Expediente No. 01759/2018, relativo al Juicio Sucesorio Testamentaria a bienes de GUADALUPE
ISAÍAS VELÁZQUEZ GÓMEZ, promovido por LUCILA
CASTRO NARVÁEZ, se dictaron dos autos, los cuales literalmente dicen:
H. Matamoros, Tamaulipas, a los 04 cuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho 2018.- Por recibido con sus anexos el escrito inicial, signado por LUCILA CASTRO NARVÁEZ, por el cual ocurre a denunciar Juicio Sucesorio Testamentario; dada cuenta al Juez dentro del término legal, proveyó lo siguiente:
Examinado el escrito de cuenta y documentos base de acción que acompaña, por encontrarse ajustada su denuncia conforme a las exigencias contenidas en los artículos 22, 247, 248, 754, 755, fracción I, 756, fracción I, 758 y 759 del Código de Procedimientos Civiles del Estado; con base a los ordinales 757, 760 al 765, 768, 771,
Periódico Oficial
párrafo primero, fracción I, 787 y 788; se admite a trámite la misma y por radicada la sucesión denunciada en los términos propuestos; a cuyo efecto, con la denuncia y documentos anexos, fórmese y regístrese expediente conforme al consecutivo que le arroje el sistema de gestión electrónico, el cual constituirá el cuaderno de primera sección.- Descripción de Anexos a la demanda: Copia simple del acta de defunción 1032, del libro 6, de la Oficialía Cuarta del Registro Civil de esta ciudad a nombre de GUADALUPE ISAÍAS VELÁZQUEZ GÓMEZ.- Copia certificada del acta de matrimonio 93, del libro 1, de la Oficialía Primera del Registro Civil de esta ciudad a nombre de GUADALUPE ISAÍAS VELÁZQUEZ GÓMEZ Y LUCILA
CASTRO NARVÁEZ.- Copia certificada del acta de nacimiento 176, del libro 1, de la Oficialía Primero del Registro Civil de esta ciudad a nombre de LUCILA
CASTRO NARVÁEZ.- Testamento público abierto a nombre de GUADALUPE ISAÍAS VELÁZQUEZ GÓMEZ, ante Notario Público 84 con ejercicio en esta ciudad.- De la presente radicación, hágase del conocimiento de los representantes de la Beneficencia Pública y del Ministerio Público adscrito a éste Tribunal; en la inteligencia que por cuanto hace al primero deberá efectuarse mediante oficio conforme lo establece el numeral 98 del referido Ordenamiento, el cual quedara a disposición de la parte denunciante ante la Secretaria de Acuerdos; en tanto que al segundo, realícese mediante notificación personal por la Secretaria de éste Juzgado, ello al tener calidad de parte como tercero según se infiere del articulo 30 de dicha Codificación Procedimental, dada la intervención que el mismo le confiere en el dispositivo 764 inicialmente invocado.- No obstante la radicación de la presente sucesión testamentaria, a efecto de que exista certeza legal de ser la Ultima disposición del autor de la sucesión;
en debida relación con la Circular 02/2012 emitida por el Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura, gírese oficio a la Dirección de Asuntos Notariales del Estado, como también al Instituto Registral y Catastral del Estado, a efecto de que, dentro del término legal supletorio de tres 03 días previsto por el artículo 61 del referido Código, contados a partir del día siguiente de su recepción, informen a este Juzgado si en su base de datos y/o ante el Registro Nacional de Avisos de Testamentos, existe disposición testamentaria a bienes de la persona que refieren finada y en su caso, proporcionen la fecha, lugar y Notario ante quien se otorgó; oficios los cuales quedaran a disposición de la parte denunciante ante la Secretaria de Acuerdos.Por otra parte, atento a lo dispuesto por el dispositivo legal 772 del enjuiciamiento civil, publíquese el edicto correspondiente por DOS VECES de diez en diez días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los de mayor circulación en esta localidad, convocándose a las que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores en su caso para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince 15 días contados a partir de la fecha de la última publicación.- Con apoyo en lo dispuesto por las artículos 781 y 782 del Código de Procedimientos Civiles de Tamaulipas, y a efecto de respectar la garantía de audiencia de todo gobernado, como lo establece el artículo 14 Constitucional, en relación a la facultad de suplir la deficiencia que se requieren para proteger el interés familiar conforme el digito 2 del aludido Código Adjetivo Civil; notifíquese personalmente a los Herederos instituidas en el testamento, al Albacea Testamentario, al Cónyuge Supérstite, a los Ascendientes y Descendientes del causante de la radicación de la presente testamentaria.-

About this edition

Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/3/2019 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date26/03/2019

Page count41

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31