Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/1/1999 - Legislativo

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PERIODICO OFICIAL

NUEVE, advirtiéndoles que la audiencia se desarrollará conforme a lo establecido en el Artículo 185 de la Ley Agraria, haciéndoles de su conocimiento que las copias de traslado de !a demanda y anexos, se encuentran a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal. Asimismo, que deberán señalar domicilio en esta ciudad capital para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se les harán en los Estrados de este Tribunal, conforme al dispositivo legal invocado.
Cd. Victoria, Tam. a 2 de diciembre de 1998.
El Secretario de Acuerdos, LIC. BERNARDINO
LOPEZ GOMEZ.-Rúbrica.
Enero 2 y 6.-2v2
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 30
EDICTO
Al margen un sello que dice: "Estados Unidos Mexicanos.-Tribunal Unitario Agrario.-Distrito 30".
Cd. Victoria, Tam, a 05 de enero de 1999.
JOSEFA REYNA.
En cumplimiento al auto dictado por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 30, de fecha trece de noviembre del presente año, en el Juicio Agrario 410/98, promovido por MARIA DEL CARMEN BRIONES REYNA, del Poblado VILLA DE MIQUIHUANA, Municipio de Miquihuana, Tamaulipas, en contra de JOSEFA REYNA, a quien reclama el reconocimiento como única sucesora y por ende como ejidataria del derecho parcelario que correspondiera a la extinta NATALIA REYNA RIVERA, en el ejido antes citado, de quien bajo protesta de decir verdad, manifiesta desconocer su domicilio por lo que conforme a lo dispuesto en el Artículo 173 de la ley Agraria; el Magistrado ordenó notificar y emplazar a la persona antes referida por medio da Edictos, los que deberán publicarse por DOS VECES dentro de un plazo de diez días en une de los diarios de mayor circulación en el Municipio de Miquihuana, Tamaulipas, y en el Periódico Oficial del Estado, así como, en las Oficinas de la Presidencia Municipal del citado Municipio, y en los Estrados de este Tribunal, para la audiencia que tendrá verificativo A LAS DOCE HORAS DEL DIA
VÉINTISIETE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE, advirtiéndole que la audiencia se desarrollará conforme a lo establecido en el Artículo 185
de la Ley Agraria, haciéndole de su conocimiento que las copias de traslado de la demanda y anexos, se encuentran a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de esté Tribunal. Asimismo, que deberá señalar domicilio en esta ciudad capital para oír y recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se le harán en los Estrados de este Tribunal, conforme al dispositiva legal invocado.
Cd. Victoria, Tam., a 8 de diciembre de 1998.
El Secretario de Acuerdos, LIC. BERNARDINO
LOPEZ GOMEZ.-Rúbrica.
Enero 6 y 9.- 2v1.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECREATARIA GENERAL
ACUERDO DE Coordinación suscrito entre la SEMARNAP y EL GOBIERNO DEL ESTADO, mediante el cual se efectúa la transferencia en uso y administración del CENTRO
ACUICOLA EL MORILLO.
Al margen un sello que dice: "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.-Poder Ejecutivo.Secretaria General".

ACUERDO
DE
COORDINACION
QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE
MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y
PESCA, REPRESENTADA POR SU TITULAR JULIA
CARABIAS
LILLO
ASISTIDA
POR
LOS
SUBSECRETARIOS DE PESCA, CARLOS CAMACHO
GAOS Y DE PLANEACION, JUAN CARLOS
BELAUSTEGUlGOITIA RIUS Y POR LA OTRA, EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, POR
CONDUCTO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, MANUEL CAVAZOS LERMA; EL SECRETARIO
GENERAL DEL GOBIERNO, JAIME RODRIGUEZ
INURRIGARRO;
Y EL
SECRETARIO
DE
DESARROLLO AGROPECUARIO, FORESTAL Y DE
PESCA, JORGE LUIS ZERTUCHE RODRIGUEZ, A
QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA
LA SEMARNAP Y EL GOBIERNO DEL ESTADO
RESPECTIVAMENTE, PARA ,LLEVAR A CABO UN
PROGRAMA
DE
COORDINACION
ESPECIAL
TENDIENTE A IMPULSAR Y FOMENTAR EL
DESARROLLO DE LA ACUACULTURA EN EL
ESTADO DE TAMAULIPAS, AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS
ANTECEDENTES
l.-En materia de Administración de Recursos, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, establece que las políticas y acciones estarán permeadas por una estrategia de descentralización, con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión local, particularmente la de los municipios y ampliar las posibilidades de participación social.
II.-El Convenio de Desarrollo Social vigente, suscrito por el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, tiene por objeto impulsar la realización coordinada de acciones entre ambos órdenes de gobierno, con la participación que corresponde a los municipios de la Entidad Federativa y vincular la ejecución de los programas sctoriales, especiales y regionales que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con la Planeación Estatal del Desarrollo, a efecto de dar congruencia y permanencia a las acciones que conjuntamente se realicen.
lII.-El citado convenio constituye la única vía de coordinación y prevé que todas aquellas acciones que deban realizarse de manera conjunta, se podrán formalizar mediante la suscripción de acuerdos de coordinación, anexos de ejecución, o bien convenios de

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 6/1/1999 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date06/01/1999

Page count12

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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