Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/4/2023 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

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Victoria, Tam., miércoles 26 de abril de 2023

nombre del demandado, nombre del abogado apoderado y de igual manera imprimir la caratula con el folio, fecha y hora en las que deberá acudir para depositarla en el buzón que estará dispuesto en la sede del órgano Judicial.- En los casos en que la fecha y hora que el sistema genere para la presentación del escrito de contestación de demanda sea posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a depositar el sobre con la caratula pegada a este.- Al buzón previo a que venza su término para la contestación de que se trate.- De otra parte se le hace del conocimiento de la parte demandada que el abogado que llegue a autorizar para que lo represente en Juicio, deberá solicitar el acceso a los servicios del Tribunal electrónico para el desahogo del respectivo asunto, en caso de no hacerlo, no obstante que dicho abogado cuente con la firma electrónica avanzada, será autorizado de oficios a los servicios de consulta de expedientes, promociones electrónicas y notificaciones personales electrónicas, con la cuenta de usuario que detecte el sistema como existente y lógicamente que coincida con el abogado autorizado de igual forma, dicha circunstancia se le comunicara mediante notificación personal electrónica, surtiendo los efectos según sea el caso, conforme a lo establecido en los preceptos referidos anteriormente del Reglamento para el acceso a los Servicios del Tribunal Electrónico; asimismo se le previene a la parte demandada para que el efecto que proporcione a dicho Tribunal su usuario o cuenta del Servicio de Tribunal Electrónico y se le autorice los servicios de consulta de expedientes, envío de promociones electrónicas y notificaciones personales electrónicas, en su escrito de contestación.- Procédase a la guarda en el seguro de este Juzgado del Documento base de la acción, para su debido resguardo, dejándose copia certificada de los mismos, la cual se glosara al expediente, se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones el ubicado en el Edificio C.I.S.A., sito en calle Colon número 201 Norte despacho 101 entre las calles Obregón y Altamira de la Zona Centro de Tampico, Tamaulipas, y por autorizados a los propuestos.- Se le tiene por autorizada para que tenga acceso a los medios electrónicos en Internet, en cuanto a las promociones digitalizadas y acuerdos que sean de notificación personal.Asimismo las subsecuentes notificaciones que contenga orden de notificación personal, procedan a realizarse a su correo electrónico; autorizadosele también para presentar promociones de manera electrónica dentro del presente expediente.- Asimismo, se previene a las partes para que se sirvan precisar el nombre de las calles en que se encuentra dicho domicilio, la mención del Código Postal conforme a la asignación del Servicio Postal Mexicano, atento a la reforma aprobada por el Honorable Congreso del Estado, mediante decreto LX-701, publicado en el periódico oficial el martes siete de junio del dos mil nueve, y circular expedida por el Presidente de este H. Supremo Tribunal, y acuerdo del quince de julio de dos mil nueve, que reformo el artículo 66 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Tamaulipas.- Se hace del conocimiento de las partes, que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, motivado por el interés de las personas que tienen algún litigio, para que cuenten con la opción de resolver en forma alternativa su conflicto, ha implementado en este Segundo Distrito Judicial, como una forma de solución de conflictos La Mediación; creando al efecto el Centro de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias en el Segundo Distrito Judicial del Estado, ubicado en la planta alta de este mismo edificio, donde se les atenderá en forma gratuita, si así
Periódico Oficial
conviene a sus intereses.- Notifíquese a las partes que, de conformidad con el Acuerdo 40/2018 del Consejo de la Judicatura de fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, una vez concluido el presente asunto contarán con 90 noventa días para retirar los documentos exhibidos, apercibidos de que en caso de no hacerlo, dichos documentos serán destruidos junto con el expediente.- De otra parte se le previene a la parte actora para que exhiba otro tanto de la Escritura Numero 19,842, Volumen 562, Tabla de Amortizaciones, y Estado de Cuenta, para el traslado de su contraria.- Notifíquese personalmente a la parte demandada.- Así y con fundamento en los artículos 4, 52, 66, 67 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 1054, 1069, 1377, 1378, 1379, 1380, 1382, 1383, del Código de Comercio, 1o., del Código Federal de Procedimientos Civiles.- Así lo provee y firma el Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Licenciado Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo Civil.Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas.Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Ciudad Altamira, Tamaulipas; 22 veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintitrés 2023.- A sus antecedentes el escrito de cuenta, signado por la C.
Licenciada Juana Cruz Espinosa, quien actúa dentro del Expediente 00009/2021, visto su contenido y en atención a su petición.- Y tomando en consideración que no ha sido posible la localización del domicilio y paradero de los demandados LILIANA LEIJA DE LA LUZ, OSCAR
MANDUJANO FRANCO, no obstante los requerimientos por vía de oficio, se tiene como ignorado por la parte actora y este tribunal, el domicilio de dicho demandado, por lo que al tenor del artículo 1070 del Código de Comercio en vigor, Emplácese a LILIANA LEIJA DE LA LUZ, OSCAR
MANDUJANO FRANCO por medio de edictos que se publicarán en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local del Estado, por TRES VECES consecutivas, en el entendido de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado.- Por dicho edicto hágase saber a la interesada que deberá presentar su contestación dentro del término de treinta días a partir de la fecha de la última publicación.- Expídanse a la parte actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de radicación.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los artículos 1054, 1070 del Código de Comercio; 1, 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.- Así lo provee y firma el Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Licenciado Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo Civil.Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas.Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/4/2023 - Judicial

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

CountryMexico

Date26/04/2023

Page count38

Edition count1833

First edition11/03/2010

Last issue22/05/2024

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