Periódico Oficial de Tamaulipas del 12/7/2022 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Página 2

Victoria, Tam., martes 12 de julio de 2022

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 77, 91 fracciones XXVII y XLVIII, 93 y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1 numerales 1 y 2, 2 numeral 1, 10
numerales 1 y 2, 11 numeral 1, 13, 15 numeral 1, 23 numeral 1 fracciones II y V, 25 fracción XXIX y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; y CONSIDERANDO
PRIMERO. Que el artículo 93 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, menciona que la Administración Pública Estatal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, la cual establecerá la competencia de las Secretarías y la Procuraduría General de Justicia y definirá las bases generales de creación de las Entidades Paraestatales y la intervención del Ejecutivo en su operación.
Las Secretarías que integren la Administración Pública Estatal conforme al párrafo anterior, promoverán: La modernización permanente de sus sistemas y procedimientos de trabajo, la transparencia en el ejercicio de la función pública, la eficiencia que evite la duplicidad o dispersión de funciones y aprovecharán óptimamente los recursos a su alcance a fin de responder a los reclamos de la ciudadanía y favorecer el desarrollo integral del Estado.
SEGUNDO. Que las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la administración pública estatal, se encuentran previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, expedida mediante el Decreto LXII1171, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas Anexo al No. 115, de fecha 27 de septiembre de 2016, en la cual la denominación de la Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo cambia a Secretaría de Desarrollo Económico.
TERCERO. Que en este mismo contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 numeral 1 del ordenamiento legal citado, el Gobernador del Estado expedirá los reglamentos internos correspondientes, acuerdos, circulares y otras disposiciones que tiendan a regular el funcionamiento de las Dependencias y Entidades de la administración pública estatal.
CUARTO. Que la Secretaría de Desarrollo Económico, tiene las atribuciones siguientes: I. Formular y ejecutar los planes y programas de promoción y desarrollo de la actividad industrial, comercial y de servicios; II. Coordinar, promover y concertar la interacción de acciones y recursos federales y estatales con los productores, empresarios, trabajadores y consumidores; III. Promover y fortalecer la participación de los productores con las dependencias y entidades competentes, para la realización de programas y acciones tendentes al desarrollo de los sectores económicos; IV. Fomentar y apoyar los programas de investigación y enseñanza que fomenten el desarrollo de los sectores económicos; V. Promover la creación de institutos de investigación científica y tecnológica que se requieran para impulsar el desarrollo económico del Estado; VI. Promover el establecimiento de industrias, comercios y empresas de servicios, disponiendo de la tecnología existente y, en su caso, impulsar el desarrollo de la infraestructura requerida; VII. Promover, conjuntamente con la Secretaría de Desarrollo Rural y entidades estatales correspondientes, el establecimiento en el medio rural de plantas agroindustriales, y coadyuvar en la implementación de los programas de transporte y comercialización que se requieran; VIII.
Impulsar el establecimiento y crecimiento de la micro, pequeña y mediana industria en el Estado, y coadyuvar en la organización de la actividad artesanal, artes populares e industrias familiares, en coordinación con las instancias federales y estatales competentes; IX. Efectuar los estudios técnicos que determinen la creación de parques industriales, centros de abasto y comerciales, a fin de promover el desarrollo económico integral del Estado; X. Promover esquemas de participación de la inversión privada o pública, nacional o extranjera, en proyectos de infraestructura otorgados bajo el sistema de concesiones y participar, en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas, en los relativos a redes carreteras, autopistas, vías fluviales, vías férreas, puertos marítimos, cruces y puentes internacionales; XI. Participar en la formulación de estudios técnicos, financieros, jurídicos, de tenencia de la tierra y de impacto ambiental, para contribuir en la promoción de obras de infraestructura concesionables, mismas que podrá gestionar, previo acuerdo con el Ejecutivo Estatal, ante las dependencias del Gobierno Federal y organismos nacionales e internacionales; XII. Coadyuvar en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas, con las autoridades federales, estatales y municipales en el establecimiento y operación de mecanismos para la planeación, administración, coordinación y evaluación de las obras concesionadas en materia de vías de comunicación, transporte y demás infraestructura; XIII. Participar y promover conjuntamente con las Secretarías de Finanzas y de Obras Públicas, en los ámbitos nacional e internacional, los planes de financiamiento y ejecución de obras de infraestructura y de servicios, necesarios para el desarrollo económico del Estado; XIV. Organizar y operar el Sistema Integral de Información sobre los recursos, características y participantes en las actividades económicas del Estado; XV. Difundir la información relacionada con las actividades industriales, comerciales, aéreas, marítimas, de servicios, de transporte y de infraestructura en general, a fin de promover y estimular el establecimiento de industrias y empresas afines;
XVI. Proponer ante las diversas instancias federales y locales la creación y otorgamiento de estímulos fiscales,

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 12/7/2022 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date12/07/2022

Page count54

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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