Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/2/2021 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 02 de febrero de 2021

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9. El 24 de abril de la anualidad que transcurre, el Consejo General del IETAM aprobó el Acuerdo de clave IETAM-A/CG-08/2020, mediante el cual se autoriza la celebración de sesiones virtuales o a distancia, del Consejo General, comisiones y comités a través de herramientas tecnológicas, durante el periodo de medidas sanitarias derivado de la pandemia del virus SARS-CoV2 COVID-19.
10. En fecha 12 de mayo de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del IETAM, se aprobó el Acuerdo No. IETAM-A/CG-09/2020, por el cual fue designado como Secretario Ejecutivo de este Instituto, el Ing. Juan de Dios Álvarez Ortiz, rindiendo la protesta de ley en esa propia fecha.
11. El 13 de junio de 2020, se publicó en el POE el Decreto número LXIV-106, mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Electoral Local, habiéndose promovido Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, radicada bajo el número 140/2020 y su acumulada 145/2020, resolviendo la declaratoria de invalidez de diversas disposiciones por sentencia que fue notificada al Honorable Congreso del Estado de Tamaulipas para efectos legales el 8 de septiembre de 2020.
12. El 31 de julio de 2020, la Presidencia del Consejo General del IETAM, emitió el Acuerdo Administrativo número PRESIDENCIA/010/2020, por el cual se modifica el Acuerdo Administrativo número PRESIDENCIA/009/2020, respecto de las medidas decretadas mediante Acuerdo del Consejo General del IETAM identificado con el número IETAM-A/CG-07/2020, durante el periodo de contingencia por el COVID19, determinándose la reincorporación segura, gradual, cauta y ordenada a las actividades laborales, por parte de las y los servidores públicos del Instituto Electoral de Tamaulipas en adelante IETAM y se emite el Plan Interno del IETAM para el retorno del personal a las actividades presenciales.
13. El 4 de septiembre de 2020, el Consejo General del IETAM aprobó el Acuerdo No. IETAM/CG-23/2020, mediante el cual se autoriza la celebración del Convenio General de Coordinación y Colaboración del IETAM
con el INE con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021, en el estado de Tamaulipas, para la renovación de los cargos de diputaciones locales y ayuntamientos, cuya jornada electoral será el 6 de junio de 2021 y, en su caso, los mecanismos de participación ciudadana.
14. El 13 de septiembre de 2020, el Consejo General del IETAM celebró Sesión Extraordinaria para dar inicio al Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, a fin de elegir las diputaciones al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, así como de los 43 ayuntamientos.
CONSIDERANDO
I.

El artículo 41, párrafo tercero, Base V, párrafo primero, de la Constitución Política Federal, refiere que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE y de los OPL.
Asimismo, en el Apartado B de la referida Base V inciso a, señala que, para los procesos electorales federales y locales, le corresponde al INE en los términos que establecen la Constitución Política Federal y las leyes:

La capacitación electoral;

La geografía electoral, así como el diseño y determinación de los distritos electorales y división del territorio en secciones electorales;

El padrón y la lista de electores;

La ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de sus mesas directivas;

Las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión;

Observación electoral; conteos rápidos;

Impresión de documentos y producción de materiales electorales;

II.

III.

La fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos, y las demás que determine la ley.
El referido precepto constitucional en su segundo párrafo, Base V, Apartado C, numerales 2 y 9 de la Constitución Federal, dispone que los OPL ejercerán funciones entre otras, en materia de educación cívica y de participación ciudadana en los mecanismos que prevea la legislación local.
De igual forma, los artículos 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso c, de la Constitución Política Federal, y 99, numeral 1, de la Ley General, disponen que los OPL gozan de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, y que cuentan con un órgano superior de dirección, integrado por una Consejera Presidenta o Consejero Presidente y seis Consejeras y Consejeros Electorales, con derecho a voz y voto; la persona titular de la Secretaría Ejecutiva; y las representaciones de los partidos políticos con registro nacional o estatal, quienes concurrirán a las sesiones sólo con derecho a voz. En su conformación deberá garantizar el principio de paridad de género.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 2/2/2021 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date02/02/2021

Page count23

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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