Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/12/2020 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 01 de diciembre de 2020

Página 3

ARTÍCULO 2. La persona titular de la Presidencia Municipal encabezará, dirigirá y ejercerá el despacho de los asuntos de carácter administrativo, atención de los servicios públicos municipales y de protección civil de la población; para lo cual se auxiliará de las dependencias necesarias que se crearán, fusionarán o desaparecerán, de acuerdo a las posibilidades presupuestales del municipio, en los términos del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas y el presente Reglamento.
ARTÍCULO 3. La persona titular de la Presidencia Municipal, podrá crear o fusionar las dependencias u órganos auxiliares que requiera la Administración Pública Municipal, así como asignar las funciones de las mismas cuando no se encuentren determinadas por el presente Reglamento y demás disposiciones legales aplicables; a efecto de despachar y resolver los asuntos del orden administrativo, para la eficaz prestación de los servicios públicos municipales y para la realización de las demás funciones del Ayuntamiento.
ARTÍCULO 4. La persona titular de la Presidencia Municipal nombrará a las y los titulares de las direcciones y de los órganos auxiliares, dando cuenta de ello al Cabildo, con excepción de las personas titulares de la Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería Municipal, Contraloría Municipal, Dirección de Obras Públicas, así como de aquéllos que expresamente determine el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, cuyas designaciones deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento, en los términos del referido Código Municipal.
ARTÍCULO 5. La persona titular de la Presidencia Municipal, con autorización del Ayuntamiento, podrá proponer, crear o suprimir juntas, consejos, comités o cualquier otra unidad administrativa y asignarles las funciones que estime conveniente. Las juntas, comités, consejos y comisiones que funcionen en el municipio, son órganos auxiliares de la administración pública municipal y deberán coordinar sus acciones con las dependencias que les señalen la ley o reglamento correspondiente y en su ausencia, por la Secretaría del Ayuntamiento, para la consecución de sus fines.
ARTÍCULO 6. La persona titular de la Presidencia Municipal, previa aprobación del Ayuntamiento, en los términos del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, podrá convenir con la o el Gobernador Constitucional del Estado, con Organismos Descentralizados, Entidades Paramunicipales y Entidades Paraestatales del Gobierno del Estado de Tamaulipas, con otros Ayuntamientos de la Entidad, con el Ejecutivo Federal, así como con personas físicas o morales, la administración de contribuciones, la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras o la realización de cualquier otra actividad de beneficio para el municipio, siempre y cuando así lo autoricen las disposiciones legales aplicables, observando en todo caso, las prevenciones contenidas en la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO 7. En los actos jurídicos administrativos de su competencia, comparecerá la persona titular de la Presidencia Municipal con la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, quien refrendará con su firma los acuerdos y comunicaciones que aquél expida.
ARTÍCULO 8. La o el titular de la Presidencia Municipal, podrá proponer al Ayuntamiento la expedición, reforma, derogación o abrogación de reglamentos; y emitirá los acuerdos, circulares y demás disposiciones administrativas que tiendan a regular, coordinar y establecer el funcionamiento de las dependencias, las cuales suplirán las ausencias regulatorias del presente Reglamento.
ARTÍCULO 9. Las dependencias municipales y organismos de colaboración, deberán conducir sus actividades con base en los programas y políticas establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo en forma programada y coordinada, con el fin de evitar duplicidad de funciones y de acuerdo al presupuesto municipal autorizado y a las políticas públicas de la administración para el logro de los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo.
Asimismo, deberán procurar que la ejecución de sus funciones sea bajo un marco de simplificación de sistemas y procedimientos que ayuden a una eficaz prestación del servicio, a reducir costos y manejar la retroalimentación, evaluación del desempeño, transparencia y rendición de cuentas.
ARTÍCULO 10. Las atribuciones de la o el titular de la Presidencia Municipal, excepto las establecidas en las leyes y reglamentos como no delegables, podrán ser ejercidas en forma directa o delegadas a la o el servidor público que mediante el acuerdo correspondiente, señale la o el titular de la Presidencia Municipal.
ARTÍCULO 11. Las dependencias de la administración pública municipal estarán obligadas a coordinarse entre sí, cuando la naturaleza de sus funciones lo requiera, así como a integrar, colaborar y participar en los gabinetes sectoriales, temáticos o por proyectos que determine la o el titular de la Presidencia Municipal, los que serán coordinados por la Secretaría del Ayuntamiento, así como proporcionar la información que otras dependencias u organismos le soliciten. Previo acuerdo por escrito, debidamente fundado y motivado, las y los titulares de las dependencias podrán delegar sus funciones en sus subordinados.
ARTÍCULO 12. Se considera como información pública toda la información generada, obtenida o en poder de las dependencias municipales, en los términos de las disposiciones contenidas en la legislación vigente, sobre transparencia y acceso a la información pública.
ARTÍCULO 13. Las y Los titulares de las dependencias municipales deberán observar lo previsto en el artículo anterior, garantizando el resguardo de la información de acceso restringido y la protección de los datos personales, en los términos de la legislación aplicable.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 1/12/2020 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date01/12/2020

Page count32

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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