Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/10/2019 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 23 de octubre de 2019

Página 3

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente Estatuto Orgánico, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Organismo Operador de Agua denominado, Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Victoria, Tamaulipas, en lo sucesivo la COMAPA. Las disposiciones de este Estatuto Orgánico son de orden público e interés general.
ARTÍCULO 2.
I.

La COMAPA es un organismo público descentralizado de la administración pública municipal.

II.

La COMAPA es un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se encarga de prestar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de las aguas residuales al municipio de Victoria, en los términos de su decreto de creación y, del artículo 115 fracciones II y III inciso a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 132 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas.

ARTÍCULO 3. Para lo no previsto en el presente Estatuto Orgánico, se estará a lo señalado en la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, el decreto de creación de la COMAPA y las demás leyes, decretos y normas administrativas que resultaren aplicables por razón de la materia, en ese orden de prelación y en caso de conflicto entre el presente Estatuto Orgánico y las leyes, prevalecerán éstas últimas.
TÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN DEL ORGANISMO
CAPÍTULO 1
DEL ORGANISMO OPERADOR
ARTÍCULO 4. Son atribuciones del Organismo Operador:
I.

Aquellas a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, con excepción de la fracción X;

II.

Rendir anualmente al Consejo de Administración un informe de las labores realizadas durante el ejercicio anterior, así como del estado general del Organismo y sobre las cuentas de su gestión; dicho informe deberá presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes al término del ejercicio anterior;

III.

Elaborar los reglamentos y manuales para el correcto funcionamiento del Organismo, así como establecer las oficinas y dependencias necesarias dentro de su jurisdicción;

IV.

Formular y mantener actualizado el inventario de bienes y recursos que integran su patrimonio;

V.

Elaborar los estados financieros del Organismo;

VI.

Participar en la elaboración del Programa Hidráulico de la Administración y el Programa Operativo Hidráulico Anual, conforme a las materias que de acuerdo con la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas le competen;

VII.

Constituir los fideicomisos públicos necesarios para el cumplimiento de sus fines conforme a la legislación aplicable;

VIII.

Utilizar todos los ingresos que recaude, obtenga o reciba, exclusivamente en los servicios públicos que preste, destinándolos en forma prioritaria a mejorar la eficiencia en la administración y operación del Organismo y posteriormente a ampliar la infraestructura hidráulica, pero en ningún caso podrán ser destinados a otros fines;

IX.

Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios a su objeto, así como realizar todas las acciones que se requieran directa o indirectamente, para el cumplimiento de su objetivo y atribuciones;

X.

Establecer las cuotas y tarifas en términos de la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, la normatividad y lineamientos para el uso eficiente del agua para usuarios de COMAPA y las políticas comerciales del Organismo;

XI.

Determinar y cobrar los adeudos que resulten de aplicar los precios y tarifas por los servicios que preste;

XII.

Celebrar convenios de colaboración administrativa con la Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas, para que ésta asuma la notificación y el cobro, a través del procedimiento administrativo de ejecución, de los créditos fiscales que determine a cargo de los usuarios, derivados de los precios o tarifas por la prestación de los servicios públicos y de la imposición de multas;

XIII.

Remitir a la Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas, para efectos de su notificación y cobranza, en los términos del convenio respectivo, los créditos fiscales determinados a cargo de los usuarios, derivados de los precios o tarifas por la prestación de los servicios públicos y de la imposición de multas;

XIV.

Coadyuvar con la Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas, previo convenio, en el ejercicio de funciones operativas relacionadas con otros usos del agua;

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 23/10/2019 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date23/10/2019

Page count24

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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