Periódico Oficial de Tamaulipas del 20/12/2017 - Anexo
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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo
Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 20 de diciembre de 2017
Página 3
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE
A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIII-318
MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ALDAMA, TAMAULIPAS, PARA EL
EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2018.
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ALDAMA, TAMAULIPAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2018
CAPÍTULO I
DE LA NATURALEZA Y OBJETO DE LA LEY
Artículo 1º.- La presente ley es de orden público y de interés social, y tiene por objeto establecer los ingresos que percibirá la hacienda pública del Municipio de Aldama, Tamaulipas, durante el ejercicio fiscal del año 2018, por los provenientes de los conceptos que se señalan en la presente ley:
I. Impuestos;
II. Derechos;
III. Productos;
IV. Participaciones;
V. Aprovechamientos;
VI. Accesorios;
VII. Financiamientos;
VIII. Aportaciones, incentivos y reasignaciones de recursos federales; y, IX. Otros ingresos.
CLASIFICACIÓN POR RUBROS DE INGRESOS
1. Impuestos 2. Cuotas y aportaciones de Seguridad Social 3. Contribuciones de Mejoras 4. Derechos 5. Productos 6. Aprovechamientos 7. Ingresos por venta de bienes y servicios 8. Participaciones y Aportaciones 9. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas 10. Ingresos derivados de Financiamientos.
Los ingresos, dependiendo de su naturaleza, se regirán por lo dispuesto en esta ley, en el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, por las disposiciones administrativas de observancia general que emita el Ayuntamiento y las normas de Derecho Común, entre otras.
Con fundamento en los artículos 6, primer párrafo y 9, fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de Armonización Contable emitió el Clasificador por Rubros de Ingresos.
El Clasificador por Rubros de Ingresos es de observancia obligatoria, conforme a los artículos 7 y quinto transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 2º.- Los ingresos que se recauden por concepto de contribuciones, así como los provenientes de otros conceptos, se destinarán a sufragar los gastos públicos establecidos y autorizados en el Presupuesto de Egresos Municipal correspondiente, así como en lo dispuesto en los convenios de coordinación y en las leyes en que se fundamenten.