Periódico Oficial de Tabasco del 5/3/2022

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Tabasco

5 DE MARZO DE 2022

PERIODICO OFICIAL

Siendo dable dejar asentado que la expresión "de tres en tres días"
la Suprema Corte de Justicia de la Nación la ha interpretado en el sentido que entre cada una de las publicaciones deben mediar dos días hábiles, para que la siguiente publicación se realice al tercer día hábil siguiente, esto porque el precepto legal en comento únicamente establece cuándo deben realizarse las publicaciones, sin especificar los días que deben mediar una con otra, por lo que al estarnos a la estricta interpretación es de concluir que entre publicación y publicación deben mediar dos días.
Robustece lo anterior el precedente obligatorio que se anuncia a continuación:
"Registro digital: 2003980, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Décima Época, Materias: Civil, Tesis: XXVI.5o.V Región 4 C
10a., Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XXII, Julio de 2013, Tomo 2, página 1425, Tipo: Aislada, bajo el rubro:
EDICTOS. DEBEN MEDIAR DOS DÍAS HÁBILES ENTRE CADA UNA DE
SUS PUBLICACIONES LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA 1 ".
En consecuencia, hágase saber a la demandada DAYANARA
RAMOS GÓMEZ, que deberán comparecer ante este Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Centro, ubicado en la Avenida Gregorio Méndez Magaña sin número, Colonia Atasta de Serra de la ciudad de Villahermosa, Tabasco, México, frente al recreativo de Atasta, a recoger las copias de la demanda interpuesta y sus anexos, dentro del término de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir. del siguiente al de la última publicación que se realice, y la notificación respectiva le surtirá efectos a partir del día siguiente de vencido dicho.
término; y a partir del día siguiente, empezará a correr el término de CINCO
DÍAS HÁBILES para que den contestación a la demanda planteada en sus contra, oponga las excepciones que tuvieren y ofrezcan pruebas.
1 La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1 a./J. 19/2008, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, abril de 2008, página 220, de rubro:
"NOTIFICACIÓN POR EDICTOS. ENTRE CADA PUBLICACIÓN DEBEN MEDIAR
DOS OlAS HÁBILES, CONFORME AL ARTICULO 122, FRACCIÓN 11, DEL CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL estableció que conforme al artículo 122, fracción 11, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, antes de su reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el once de noviembre de dos mil ocho, tratándose de personas inciertas o de aquellas cuyo domicilio se ignore, procede la notificación por edictos, los cuales deben publicarse por tres veces "de tres en tres días" en el Boletín Judicial y en el periódico local que indique el Juez, y precisó que la expresión "de tres en tres días"
debe interpretarse en el sentido de que entre cada una de las publicaciones deben mediar dos días hábiles, para que la siguiente publicación de los edictos se realice al tercer día hábil siguiente. Dicho criterio interpretativo es aplicable al artículo 122, fracción 11 , del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California, pues contiene similar disposición respecto a cuándo deben realizarse las publicaciones de los edictos, lo cual debe efectuarse por tres veces de tres en tres días, en el Boletín Judicial y en un periódico local; de ahí que es dable tratar en forma semejante la determinación sobre los días que deben mediar entre cada una de tales publicaciones. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL
CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN. Amparo en revisión 524/2012
cuaderno auxiliar 74/2013. Enrique Villaseñor Limas. 7 de marzo de 2013.
Unanimidad de votos. Ponente: Edwigis Olivia Rotunno de Santiago. Secretaria: Libia Zulema Torres Tamayo.

3

About this edition

Periódico Oficial de Tabasco del 5/3/2022

TitlePeriódico Oficial de Tabasco

CountryMexico

Date05/03/2022

Page count80

Edition count119

First edition22/01/2022

Last issue17/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031