Periódico Oficial de Sinaloa del 22/11/2004

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Source: Periódico Oficial de Sinaloa

No dar un falso concepto de la realidad o sobre las cualidades de un bien, producto o servicio;

Lunes ;22 de Noviembre de 2004

1.

EL ESTADO DE SINALOA

5

ARTICULO 5. El contenido de los anuncios se debera ajustar a lo siguiente:
La manifestación o difusión oral escrita o grafica que realicen 1215 personas en ejercicio de las garantias consagradas en los articulas 6, 7, Y B de la Constitución PallUca de !os Estados Unidos Mexicanos;
A los anuncios colocados en el interior de 105 establecimientos en donde las personas tengan libre acceso y se realicen algunas actividades profeSionales. comerciales o de servicio, como las cadenas comerciales;
A los anuncios que se difundan por radio, televisión, prensa, revistas o inmuebles en que se encuentre Instalado el negocio que se anuncie, salvo aquellos que dIfundan los medios electrónicos en áreas públicas;
A los anuncios emitidos por el gobierno federal, eslatal o municípal en cuyo conlenldo Se informe sobre programas de caracter social o se nvolucre a la sociedad a participar en ellos. Sin embargo, cuando se trate de anuncios que puedan conslítuir peligro para as personas o estabílidad de las construcciones, se obselVanln ros preceptos jje este reglamento en lo que respecta a la forma de fijar o colocar el anuncio.
procedimiento a seguir anté la misma.

IV, 111.

Se prevé que las personas que hubieren transgredido las disposiciones del regiamento, sin haber corregido las
irregularidades en tiempo y forma, no podrén obtener subsecuentes autorizaciones.

11.

L

Se estatuyen los casos de cancelación de la autorización, las obligaciones de los propietarios de los anuncios, y se plasma el régimen tafifarlo que el Honorable Congreso del Estado de Sin aloa, ha establecido a favor de 105
municipios vla impuesto por colocar, distribuir y exhibir anuncios dentro del municipio de Culiacan.

ARTICULO 4. Se excluye de la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente reglamento:

IX.

Base o elemenlo de sustentacion;
Estructura de soporte;
Elementos de fijación o sujeclón;
Caja o gabinete del anuncio;
Caratula, vista o pantalla;
Elementos de iiuminación;
Elementos mecimlcos, eléctricos, plásticos o hldraulicos;
Elementos e tnstaláclones accesorias; y Otros materiales j,adherfdos a su construcción.

La inspección y vigilancia estara a cargo del personal adscrito a la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecologia y serim los responsables de vigilar el cumplimiento cabal de las normas de observancia general contenidas en el presente reglamento, siendo el director de esa dependencia municipal quien estara facultado para emitir las órdenes de visita de Inspección necesarias. Los créditos fiscales que se generen con motivo de la falta de pagó del impuesto relativo, se tramitaran y recuperaran a través de la Tesoreria Municipal en aplicación del procedimiento económico coactivo.
DECRETO MUNICIPAL 27
REGLAMENTO DE ANUNCIOS DEL MUNICIPIO DE CULlACAN, SINALOA

V.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

VII.
VIII.

VI,
IV.
11.
111.

1.

ARTICULO 3. Se consideran parte integrante de un anuncio los componentes Siguientes:
ARTICULO 1. Las disposiciones de este reglamento son de orden mlmicipio de Culiacán, Sin aloa. Tiene por objeto regular la colocación, distribución, características y requisitos de los anuncios expuestos seguridad y sana convivencia de las personas, la conservación del histórico cultural del Municipio, asl como el paisaje urbano y natural. .

público y de observancia general dentro del instalación, conservación, ubicación, emisión, al público, con la finalidad de garantizar la medio ambiente, la protección de patrimonio
El conjunto de lelras. palabras, frases. dibujos signos l VoceS, sonidos o música, mediante 105 cuales se ofrece a las personas un bien, producto, servicio, espectáculo o eventos:
Todo medio de comunicac1ón que indique, señale, exprese, muestre o difunda al pUblíco cualquier mensaje para dar a conocer el nombre, razón social y logotipos relacionados con la producción y ven1a de bienes, con la prestación de servicios y con el ejercicio licito de actividades profesionales, comerciales, clvicas, culturales.
industriales, mercantiles o técnicas.
ARTICULO 2. Para los efectos de este reglamento se entiende por anuncio:

105

efectos de este reglamento se entiende por anuncio:

1.

11.

1.

ARTICULO 2. Para
El conjunto de letras, palabras, frases, dibujos, signos, voces, sonidos o música, mediante los cuales se ofrece a las personas un bien, producto, servicio, espectáculo o eventos;
Todo medio de comunicación que indique, señale, exprese, muestre o difunda al público cualquier mensaje para dar a conocer el nombre, razón social y logotipos relacionados con la producción y venta de bienes, con la prestación de servicios y con el ejercicio licito de actividades profesionales, comerciales, civicas, culturales, industriales, mercantiles o técnicas.

ARTICULO 1. las disposlclones de este reglamento son de orden público y de observancia general dentro del municipio de Culiacán. 51naloa. Tiene por objeto regular la colocación, instalación, conservación, ubicación, emisión, distribución, características y requisitos de 105 anuncios expuestos al publico, con la finalidad de garantizar la seguridad y sana corwivehcia de las personas, la conservación del medio ambiente. la protección de patrimonio histórico cultural del Municipio, as! como el paisaje urbano y naturaL

11.

ARTICULO 3. Se consideran parte integrante de un anuncio los componentes siguIentes:

1.
11.
111.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Base o eleménto de sustentación;
Estructura de soporte;
Elementos de fijación o sujeción;
Caja o gabinete del anuncio;
Caralula, vista o pantalla;
Elementos de iluminación;
Elementos mecanlcos, eléctricos, plasticos o hidraulicos;
Elementos e Instaláclones accesorias; y Otros materiales y, adheridos a su construcción.

DECRETO MUNICIPAL 27
REGLAMENTO DE ANUNCIOS DEL MUNICIPIO DE CULIACAN, SIN ALOA

La inspección y vigilancia estará a cargo del personal adscrito a la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecologia y seran los responsabtes de vigilar el cumplimiento cabal de las normas de observancia general contenídas en el presente reglamento, siendo el director de esa dependencia munlcípal quien eslará facultado para emjjjr las órdenes de visi!a de inspección necesarias. los créditos fiscales que se generen con motlvo de la falla de pagó del impuesto relativo, se lramitaran y recuperarán a través de la Tesorerla Municipal en aplícación del procedimiento económico coactivo.
Se estatuyen los casos de canceiaclón de la autorización, las obligaciones de los propíetarios de tos anuncios, y se plasma el régimen talifaría Que el Honorable Congreso del Estado de Sinaloa. ha eslablecido a favor de los municipios vla impuesto por colocar, distribuir y exhibir anuncios dentro del municipio de Culiacán.
ARTICULO 4. Se excluye de la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente reglamento:

1.

La manifestación o difusión oral, escrita o gráfica que realicen las personas en ejercicio de las garantias consagradas en los artIculas 6, 7, y 8 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos;
A los anuncios colocados en el interior de los establecimientos en donde las personas tengan libre acceso y se realicen algunas actividades profesionales, comerciales o de servicio, como las cadenas comerciales;
A los anuncios que se difundan por radio, televisión, prensa, revistas o inmuebles en que se encuentre Instalado el negocio que se anuncie, salvo aquellos que difundan 105 medios electrónicos en areas públicas;
A los anuncios emitidos por el gobierno federal, estatal o muniCipal en cuyo contenido se informe sobre programas de caracter social o se involucre a la sociedad a participar en ellos. Sin embargo, cuando se trate de anuncios que puedan constituir peligro para las personas o estabilidad de las conslrucciones. se observarán los preceptos .de este reglamento en lo que respecta a la forma de fijar o colocar el anuncio,
Se preve que las personas que hubieren transgredido las disposiciones del reglamento, sin haber corregido tas irregularidades en tiempo y forma, no podrén obtener subsecuentes autorizaciones,
11.

111.
IV.

procedimiento a seguir ante la misma,
ARTICULO 5. El contenIdo de los anuncios se debera ajustar a lo siguiente:

Lunes .22 de Noviembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

5

1.

. No dar un falso concepto de la realidad o sobre las cualidades de un bien,
producto o servicio;

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Periódico Oficial de Sinaloa del 22/11/2004

TitlePeriódico Oficial de Sinaloa

CountryMexico

Date22/11/2004

Page count48

Edition count341

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