Periódico Oficial de Sinaloa del 17/9/2004

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Viernes 17 de Septiembre de 2004

EL ESTADO DE

SINALO

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Resolver los asuntos cuyo conocimiento no esté reservado a la Junta de Gobierno; y,
XVII.

Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones legales, reglamentarias administrativas aplicables;

XVI.

Olorgar poderes generales o especiales, autorizar a los apoderados para que absuelvan posiciones y ejerciten su mandato ante las personas y autoridades, Inclusiva para realizar actos de administración en materia laboral, delegando sus facullades de represantaclón legal para que en nombre del Organismo comparezca a las audiencias de conciliación, de. demanda y excepciones y demás diligencias en procedimientos y Juicios laborales;. asl como para querellarse, otorgar perdón del ofendido, deslstlrse del Juicio de amparo y revocar dichos Poderes;

xv.

Presentar a la Junta de GOblemo, un Informe anual de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompañando los nfannas espectficos que se le requieran, asl como del ejercicio de las facultades que este articulo le concede;

XIV.

El Secretarl
XViii.

y
---.-
no General de Gobierno
Las demás que expresamente le asigne la Junta de Goblemo, el Reglamento Interior del propio organismo y las disposiciones jurldlcas que regUlen el funcionamiento de esta Institución.
Transitorio
Artlcuto Único.- El presente Decreto entrará en Vigor al dla siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Slnaloa".
El Gobernador Constitucional del Estado
Es dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Eslado, en la ciudad de Cullacán Rosales, Slnaloa, a los diez dlas del mes de septiembre de dos mil cuatro.

Es dado en la residencIa del Poder Ejecutivo del Estado, en la cIudad de Cullacán Rosales, 81naloa, a los dIez dlas del mes de septiembre de dos mil cuatro.
El Gobemador CA stltuclonal del Estado
Artfculo Único. El presente Decreto entrará en vigor al dra siguiente de su publicación en el Periódico Oficial uEI Estado de 8inatoa".
Juan S. Millán Llzárr
Transitorio
a.

organismo Y las dIsposiclonesjurfdicas que regulen el funcionamiento de esta institución.

XVIII. Las demás que expresamente le asigne la Junta de Gobierno. el Reglamento Interior del propio El Secretar!

rlo General de Goblemo

r-J-

XIV.

Presentar a la Junta de Gobierno, un Infonne anual de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompai1ando los Infonnes especrticos que se le requieran, asf como del ejercicio de las facultades que este articulo le concede;

xv.

Otorgar poderes generales o especIales, autorizar a los apoderados para que absuelvan posiciones y ejercIten su mandato ante las personas y autorIdades, inclusive para realizar actos ., de administración en materIa laborat, delegando sus facultades de representacIón legal para que en nombre del Organismo comparezca a las audiencias de conciliación, d demanda y excepciones y demás diligencias en procedimientos y juicios laborales:. asr como para querellarse, otorgar perdón del ofendido, deslstlrse del juicio de amparo y revocar dichos poderes;

XVI.

Ejercer el presupuesto del organismo con sujeción a las disposiciones legales. reglamentarias y administrativas aplicables;

XVII.

Resolver los asuntos cuyo conocImiento no esté reservado a la Junta de Gobierno; Y.
onzalo M. Armlenta Calderón.

VlctorM. D

EL ESTADO DE

Viernes 17 de Septiembre de 2004

SINALO

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Periódico Oficial de Sinaloa del 17/9/2004

TitlePeriódico Oficial de Sinaloa

CountryMexico

Date17/09/2004

Page count32

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First edition02/01/2004

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