Periódico Oficial de Sinaloa del 15/1/2020 - 2da. Sección

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4 EL ESTADO DE SINALOA

Miércoles 15 de Enero de 2020

VII.- Promover ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las controversias constitucionales que apruebe el Ayuntamiento, asi como desistirse de ellas;
VIII.- Ejercer el derecho de preferencia para la adquisición de tierras ejidales sobre las que se adquiera el dominio pleno, en términos de la Ley Agraria, cuando asl lo soliciten la Tesoreria Municipal o la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología;
IX.- Asesorar al Ayuntamiento y al Presidente Municipal en los procedimientos administrativos de expropiación de bienes:
X.- Resolver el respecto a la legalidad de las solicitudes de pago de indemnizaciones o compensaciones por afectación de intereses particulares por el municipio; y.
XI.- Las demás que establezcan los ordenamientos legales vigentes B.- En lo relativo a la Contraloria Social, el Sindico Procurador gozará de las facultades y atribuciones para:
I.- Promover la organización vecinal mediante la constitución de comités de beneficiarios, que se encarguen de vigilar la ejecución de las obras publicas en las que participe el Ayuntamiento, así como de verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a las obras y programas de desarrollo social;
II.- Recabar y proporcionar a los comités de beneficiarios la información y la asesoría necesaria para el cumplimiento de sus funciones, III.- Solicitar información a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de los programas de desarrollo social, que considere necesaria para el desempeño de las funciones de la Contraloría Social;
IV.- Vigilar el adecuado ejercicio de recurso público en la realización de obras. asi como su eficiente aplicación en programas de desarrollo social;
V.- Participar coordinadamente con la Secretaria de Desarrollo Social del Municipio, en el establecimiento de reglas de operación de los programas sociales, VI.- Emitir informes sobre el desempeño de los programas y la aplicación de recursos públicos;
VII.- Atender e investigar las quejas y denuncias presentadas sobre la aplicación y ejecución de loS programas;
VIII.- Presentar ante el órgano Interno de Control las denuncias de hechos u omisiones de las que pudieran derivarse responsabilidades administrativas, civiles o penales, relacionadas con la ejecución de obras y desarrollo de programas sociales; y, IX.- Las demás que deriven de la Ley General de Desarrollo Social y la Legislación Estatal de la materia.
C.- Respecto de las funciones de la Contraloría Interna y de Investigación y Sanción de las Responsabilidades Administrativas, el Sindico Procurador tendrá bajo su responsabilidad la coordinación y vigilancia de las funciones que al Órgano Interno de Control encomiende la Ley del Sistema Anticorrupción, la Ley de Responsabilidades Administrativas, te Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. el presente reglamento y las demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de la autonomía técnica y de gestión que a este Órgano corresponde Articulo 10.- Para el cumplimiento de las funciones a que se refiere el articulo anterior, la oficina del Síndico procurador Contará con la estructura que enseguida se describe I.- Departamento de Contraloría Interna II - Departamento de Defensa Jurídica.
III Departamento de contraloria Social IV. Un defensor de oficio.
Articulo 10 Bis.- El Jefe del Departamento de Contraloria Interna. le corresponde el ejercicio de las facultades y responsabilidades siguientes I Vigilar la observación en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias establecidas para el control interno del Ayuntamiento, II.- Vigilar el cumplimiento de las normas establecidas por organismos de control del Estado, como la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas del Estado de Sinaloa y la Auditoria Superior del Estado de Sinaloa;
III.- Coordinar y ordenar revisiones, auditorias generales o especiales a todas las Dependencias de la Administración Pública y Paramunicapales, IV - Calificar y controlar la gestión de los Servidores Públicos Municipales y revisar el cumplimiento de meta en base a los indicadores de desempeño definidos, V.- Dar seguimiento a programas del Gobierno Municipal,

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TitlePeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

CountryMexico

Date15/01/2020

Page count24

Edition count295

First edition02/01/2004

Last issue25/04/2022

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