Periódico Oficial de Quintana Roo del 27/7/2021 - Sección Extraordinario

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Source: Periódico Oficial de Quintana Roo (Extraordinario)

Julio 27 2021

Periódico Oficial
Chetumal, Quintana Roo
Que el artículo 10 de la Ley General de Archivos establece que cada persona servidora pública es responsable de organizar y conservar sus archivos siendo que, a la conclusión de su empleo, cargo o comisión, deberá garantizar la entrega de los archivos a quien lo sustituya, debiendo estar organizados y descritos de conformidad con los instrumentos de control y consulta archivísticos que identifiquen la función que les dio origen.

Que el artículo 17 de la Ley General de Archivos establece que las personas servidoras públicas que deban elaborar un acta de entrega-recepción al separarse de su empleo, cargo o comisión, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, deberán entregar los archivos que se encuentren bajo su custodia, así como los instrumentos de control y consulta archivísticos actualizados, señalando los documentos con posible valor histórico de acuerdo con el catálogo de disposición documental.

Que el artículo 134 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo establece la autonomía técnica y de gestión del Órgano Interno de Control, la cual, debe entenderse como la capacidad para definir los criterios en la interpretación de la normativa aplicable conforme a su competencia y atribuciones, así como tomar decisiones orientadas a contribuir al logro de los objetivos institucionales siendo los principales en este tema lograr la continuidad de los trabajos a través de la rendición de cuentas, así como mantener la confianza de la sociedad a través de procesos transparentes.

Que el artículo 136 fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo establece que corresponde al Órgano Interno de Control intervenir en los actos de entrega y recepción de las personas servidoras públicas de mandos medios y superiores que se efectúen como consecuencia de la conclusión o separación de su empleo, cargo comisión.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 173 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo todas las personas servidoras públicas del Poder Legislativo del Estado, al separarse o concluir su empleo, cargo o comisión, entregarán a quien lo sustituya los asuntos de su competencia, bienes y recursos que les hayan sido asignados o designados para el desempeño de las funciones, atribuciones y facultades, en general, toda documentación e información que haya generado por el desempeño del empleo cargo o comisión, misma que deberá encontrarse debidamente ordenada, clasificada, legalizada y protocolizada. De igual forma, se entiende al proceso de entrega y recepción como de interés público y de cumplimiento obligatorio, mismo que de conformidad al artículo 176 de misma Ley en cita, finaliza con la firma del acta administrativa correspondiente en los términos jurídicos aplicables, en la cual, la persona servidora pública que concluye o se separe de su empleo, cargo o comisión, cualquiera que sea su tipo de contratación y la causa de su conclusión, deberá hacer Página 2 de 25

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Periódico Oficial de Quintana Roo del 27/7/2021 - Sección Extraordinario

TitlePeriódico Oficial de Quintana Roo (Extraordinario)

CountryMexico

Date27/07/2021

Page count46

Edition count3185

First edition31/01/1952

Last issue13/04/2023

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