Periódico Oficial de Nuevo León del 17/6/2002 - Sección Cuarta

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Source: Periódico Oficial de Nuevo León - Sección Cuarta

PERIODICO OFICIAL

PRIMER

Monterrey, N.L., Lunes 17 de Junio de 2002

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Primero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado.Monterrey, N.L.Dentro de los autos que integran el e x p e d i e n t e J u d i c i a l n ú m e r o 0890/1997, formado con motivo del Juicio Ordinario Civil promovido por PEDRO GARCIA BARRIOS en contra la sucesión de ARCADIA SOBREVILLA
ENRIQUEZ y GILBERTO GARCIA GONZALEZ.
En relación al mismo y como lo solicita, en virtud de han agotado los trámites que correspondientes sobre la búsqueda y localización de la co-demandada MARIA
EUGENIA ELIZONDO FRIAS en su carácter de Albacea de la Sucesión Testamentaria a bienes de ARCADIA SOBREVILLA ENRIQUEZ, y advirtiéndose que se arrojo resultado negativo sobre la misma, consecuentemente, ésta Autoridad mediante auto de fecha 07-siete de Diciembre del año 2001-dos mil uno, ordenó se procediera a emplazarla por medio de Edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico de los de mayor circulación en el Estado, y Boletín Judicial de la Entidad Federativa, a fín de que dentro del improrrogable término de g-nueve días ocurra a producir su contestación, si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, previniéndolo además a fin de que señale domicilio convencional para oír y recibir notificaciones ubicado en el lugar del Juicio, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le practicarán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, es decir por medio de su publicación en Instructivo que se fijará en la Tabla de Avisos que para tales efectos se lleva en este H. Juzgado, en atención al numeral 68
del Código de Procedimientos Civiles en vigor.
En la inteligencia de que la presente notificación surtirá sus efectos diez días después contados dese el siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados. Lo anterior acorde a lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, así mismo mediante auto de fecha 24-veinticuatro de mayo del año 2002-dos mil dos, se ordenó emplazar por edictos a la C. MARIA EUGENIA
ELIZONDO FRIAS, también por el Periódico Oficial en el Estado, lo anterior a fin de regularizar el presente procedimiento, con fundamento en los artículos 49 y 73 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.- DOY FE.-

EL C. SECRETARIO ADSCRITO AL
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DEL
PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL
ESTADO.
LIC. EDUARDO STEELE GARZA.
RUBRICA.Orden No. 942.- 17-l 9-21

PRIMER

PAGINA 53

EDICTO

Al margen un sello
ue dice: Estados
U n i d o s M e x i c a n o s . - 8o d e r J u d i c i a l d e l
Estado de Nuevo León.- Juz ado Tercero de lo Familiar del Primer Distri?o Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.AL C. OLAYO ONTIVEROS LOPEZDOMICILIO IGNORADO.Con fecha ll -once de Enero del 2002-dos mil dos, se radicó en este Juzgado Tercero de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, el expediente número 33/02, formado con motivo del JUICIO SUMARIO DE ALIMENTOS
PROMOVIDO POR MARIA GUADALUPE
MARTINEZ RANGEL EN CONTRA DE USTED.
habiéndose ordenado mediante auto de fecha 28:
veintiocho de Mayo del 2002-dos mil dos, la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficia!, Boletín Judicial como en el Periódico El Porvenir que se editan en esta ciudad, emplazándose a la parte demandada para que dentro del término de 03tres días ,qcurra a este Juzgado a producir su contestaclon y a oponer sus excepciones si las tuviere. E n l a i n t e l i g e n c i a d e q u e e l emplazamiento hecho en esta forma comenzará a surtir sus efectos a los diez días contados a p a r t i r d e l a ú l t i m a ublicación del edicto ordenado. Aclaración R echa de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de este Juzgado a disposición del demandado para que se Imponga de ellos. De igual forma con fundamento en lo dispuesto por el artículo 726
del Código Adjetivo a la Materia, requiérase a la parte demandada de la cantidad de $1,200.00 mil doscientos pesos OO/100 M.N. mensuales, esto por concepto de pensión alimenticia la cual deberá subsistir hasta en tanto se resuelva la presente controversia, y en caso de no hacerlo así, se procederá al embargo de bienes de su propiedad que se depositarán con arreglo a derecho. Por otra parte se señala como fecha a fin de que tenga verificativo el desahogo, de la Au,die?cia de gru,ebas i Alejatos. el dla 25velntlcmco de umo del 002- os mII dos, a las Il .OO once horas, en el local de este Juzgado, a la que deberán de comparecer en forma personal y debidamente identificadas las partes, ya que en caso de que se llegare a ofrecer la prueba confesional a su cargo, y no llegaren a comparecer sin causa justificada, serán daclarados por confesos en a uellas posiciones q u e f u e r a n c a l i f i c a d a s d e 7 egales por esta Autoridad, acorde con lo dispuesto por los artículos 265 y 280 fracción I del Código en consulta. Asi mismo se apercibe a la parte reo a fin de ue en los términos del artículo 68 del Código,B rocesal Civil en Vigor, señale domicilio recibir notificaciones dentro del para OIr YUICIO, presente . . ya que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán or medio de los estrados de este Juzgado.- D8 Y FE.- Monterrey, Nuevo León, a 10 de Junio del 2002.

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO
TERCERO DE LO FAMILIAR.
LICENCIADO RAUL GUTIERRE2 TREVIÑO.
RUBRICA.Orden No. 935.- 17-19-21

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Periódico Oficial de Nuevo León del 17/6/2002 - Sección Cuarta

TitlePeriódico Oficial de Nuevo León - Sección Cuarta

CountryMexico

Date17/06/2002

Page count10

Edition count233

First edition13/05/2002

Last issue24/04/2024

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