Periódico Oficial de Morelos del 8/7/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

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PERIÓDICO OFICIAL

Además, la delimitación resulta sustancial para el municipio de Hueyapan, Morelos, a fin de poder tener pleno reconocimiento y alcanzar con ello las prerrogativas, derechos y obligaciones que prevé la Constitución Local para el Estado de Morelos en los artículos 115 y 116, así como el artículo 110, 111, 113, 114 y 114 Bis.
IV.- CONTENIDO DEL DICTAMEN
En la Controversia Municipal de Límites Territoriales, promovida por el Municipio indígena de Hueyapan en contra del municipio de Tetela del Volcán, ambos del estado de Morelos, se contienen los orígenes y motivos del presente Decreto, los cuales corren insertados en los antecedentes del mismo y por consecuencia, se tienen por reproducidos para proceder a su análisis y determinación de los Limites y División Territorial ante la falta de un convenio entre los Municipios multicitados.
Por tanto, ante el Procedimiento que fue agotado en todas las etapas procesales previstas por el artículo 192 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Morelos, la delimitación corresponde señalarla a este Poder Legislativo, la cual será válida y en atención a la disposición Transitoria Decimosexta del decreto referido en este mismo, que señala Las resoluciones del Congreso por las que se ponga fin a los conflictos de límites municipales y los convenios que sean aprobados, no admitirán recurso o medio de defensa legal alguno. es entonces en esa libertad legislativa que se aplica para resolver procedimiento de plano y solo por cuanto a La División Territorial que permita acceder con fines geopolíticos y geoestadísticos, contar con los elementos necesarios para que sea plenamente reconocido como ente jurídico, siendo este último elemento, El Territorio, lo que dará plena autonomía Municipal Constitucional.
V.- IMPACTO PRESUPUESTAL
En cumplimiento al artículo 43 de la Constitución Local, se estima que el presente Decreto no implica ni contiene un impacto presupuestal adicional al erario público, toda vez que, no se plantea carga presupuestal a ningún ente público, y por el contrario, uno de los efectos de la aprobación del referido acuerdo tiene como objeto que el municipio de Hueyapan pueda ser susceptible y beneficiario de los factores de distribución establecidos en la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Morelos y de los recursos ya aprobados en el respectivo paquete económico para el estado de Morelos.

08 de julio de 2020

VI.- RESOLUCIÓN
Es necesario al momento de resolver la controversia mediante el procedimiento para delimitación territorial, que dada la naturaleza del mismo, estamos ante un Procedimiento Innominado y a la vez, ante un mandato inmerso en un Decreto que señala, que Las resoluciones del Congreso por las que se ponga fin a los conflictos de límites municipales y los convenios que sean aprobados, no admitirán recurso o medio de defensa legal alguno., ello aunque el mismo no verse estrictamente en una iniciativa, ya que como se ha señalado, el origen del presente decreto deriva de otorgar la resolución expuesta en un Conflicto de Límites territoriales entre autoridades Municipales.
En cumplimiento al artículo 192 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Morelos, esta Comisión de Gobernación y Gran Jurado del Congreso del Estado de Morelos, ante la solicitud de intervención para resolver la controversia planteada y ante la comparecencia y manifestaciones de los representantes de los Municipios Involucrados en el asunto de Límites Territoriales, este Dictamen con Proyecto de Decreto, RESUELVE
LA
CONTROVERSIA INICIADA RESPECTO A LA
DELIMITACIÓN TERRITORIAL entre los municipios de Hueyapan y Tetela del Volcán, ambos del estado de Morelos, y determina que la división territorial entre ambos Municipios, en cumplimiento a la disposición transitoria tercera del decreto número 2,343, publicado en fecha 19 de diciembre del año 2019, en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, será conforme a lo siguiente:
PRIMERO.- Se confirma que el municipio de Hueyapan, Morelos, tiene como territorio los Barrios de San Bartolo; San Jacinto; San Miguel; San Andrés;
San Felipe y las Rancherías de Tlalcomulco;
Huitzitziguiak; Olivar; Tenería; Los Tejocotes y se designa como Cabecera Municipal al Barrio de San Miguel, antes del municipio de Tetela del Volcán, por lo que quedaron segregados en este acto.
SEGUNDO.- Como resultado del Procedimiento, atendiendo a las constancias, las pruebas ofrecidas, las diligencias desahogadas y con el apoyo técnico solicitado al Poder Ejecutivo del Estado de Morelos para obtener el cuadro de construcción para definir el límite de la división territorial entre los municipios de Hueyapan y Tetela del Volcán del estado de Morelos, la delimitación y división del territorio decretada en el artículo que antecede, es a partir de los puntos de georreferenciación señalados en el cuadro de construcción, que van lustrados en el plano Anexo1:

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Periódico Oficial de Morelos del 8/7/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date08/07/2020

Page count112

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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