Periódico Oficial de Morelos del 31/3/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen superior un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un logotipo que dice: Morelos Anfitrión del Mundo Gobierno del Estado 2018-2024.
ALMIRANTE
JOSÉ
ANTONIO
ORTIZ
GUARNEROS, EN
MI
CARÁCTER
DE
COMISIONADO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, CON FUNDAMENTO EN
LOS ARTÍCULOS 8, 9, FRACCIÓN XV, 13, FRACCIONES VI, VIII Y XXIV Y 35, FRACCIONES I, II, Y X DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS; 18 DE LA LEY DEL
SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO
DE MORELOS; 5, FRACCIÓN I, 7, 9, FRACCIONES I, II, XIII, XIV, XXVIII, XXXV Y XLIII DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA Y CON BASE A LOS
SIGUIENTES:
CONSIDERANDOS
Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la actuación de las Instituciones de Seguridad Pública se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
Que el penúltimo párrafo del artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone que el Estado y los Municipios podrán coordinarse para hacer efectivo lo previsto en las fracciones III inciso h y VII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, lo relativo a las funciones y servicios de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal, así como integrar y consultar en las bases de datos de personal de Seguridad Pública, los expedientes de los aspirantes a ingresar en las Instituciones Policiales.
Que para la Administración 2019-2024, un tema prioritario es la profesionalización y el desarrollo humano de los elementos policiales, a fin de incrementar su capacidad operativa y su compromiso, y lograr la desvinculación con las prácticas de corrupción.
Que para hacer efectiva la coordinación a que se refiere el artículo 18 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos, el Gobierno Estatal y los Municipios participantes signaron Convenios de Colaboración en materia de Seguridad Pública, cuyo objeto de manera general establece y regula las bases de colaboración y coordinación entre las partes respecto a la dirección de la Policía Preventiva y de Tránsito Municipal, mediante la conformación de la Policía Estatal Morelos a través de la cual, sin vulnerar la autonomía municipal, el Estado por conducto de la Comisión Estatal de Seguridad Pública, dirija el mando de los elementos en activo que conforman la Unidad Administrativa encargada de la Seguridad Pública dentro del Municipio.

31 de marzo de 2020

En este sentido, y en un esfuerzo asumido por el Gobierno del Estado de Morelos, de conformidad con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, consideró en su Iniciativa relativa al Presupuesto de Egresos para el año dos mil veinte, la aprobación de un recurso para incentivos, el cual fue aprobado por el Congreso del Estado de Morelos por un monto de $26,103,000.00 veintiséis millones ciento tres mil pesos 00/100 M.N., en el cual se ve reflejado la cooperación interinstitucional que ha venido proponiendo el Gobierno del Estado, a efecto de beneficiar a los elementos de las Corporaciones Policiales de los Municipios que fueron adheridos en el sistema de colaboración de Mando Coordinado, esto a través de la suscripción del Convenio respectivo y como retribución a la labor de sumo riesgo que realizan dichos elementos, con la firme convicción de que, en la medida de que se otorguen mejores condiciones a los Policías de Morelos, mejores serán los resultados a la ciudadanía del Estado.
En mérito de lo expuesto, y con la finalidad de destinar de manera eficiente y transparente los recursos transferidos por el Gobierno Estatal al Municipio para beneficiar a los elementos policiales determinados en los instrumentos jurídicos signados con cada Municipio y garantizar los esquemas de profesionalización previstos en la normativa aplicable en la materia, se hace imperante normar mediante Reglas de Operación las acciones a realizar y transparentar el actuar de ambos órdenes de Gobierno.
Por lo anteriormente fundado y motivado, tengo a bien emitir las siguientes:
L OP
N P
L MPL M NT
N L N NT VO
L M NTO
L POL
P V NT V
T N TO
MUNICIPAL, INCLUIDOS DENTRO DEL MARCO DEL
CONVENIO DE MANDO COORDINADO.
Artículo 1.- El objeto del presente instrumento es establecer las bases para la aplicación del incentivo a elementos de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal incluidos dentro del marco del Convenio de Coordinación en Materia de Seguridad Pública firmado entre el Titular del Poder Ejecutivo del Estado y de los municipios en Morelos.
Artículo 2.- Para tal efecto, existe un presupuesto asignado de $26,103,000.00
VEINTISÉIS MILLONES CIENTO TRES MIL PESOS
00/100 M.N., monto asignado dentro del DECRETO
NÚMERO SEISCIENTOS SESENTA Y UNO POR EL
QUE SE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE
EGRESOS DEL GOBIERNOS DEL ESTADO DE
MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 01
DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020, PUBL
O N LP
O OF
L T
L B T , NÚM O 5777, SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA SECCIÓN, DE FECHA
VEINTINUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, la aprobación de este recurso es con la finalidad de otorgar incentivos a los elementos de la Policía Municipal de aquellos Municipios del Estado, incluidos dentro del marco del Convenio de Mando Coordinado.
Dichos recursos serán aplicados únicamente durante el ejercicio fiscal del año dos mil veinte, sin que constituyan parte integral del salario y se destinarán a generar mayores y mejores condiciones de remuneración a los Policías Municipales, sin que para el caso se entienda como una obligación permanente y futura del Poder Ejecutivo o del Municipio.

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Periódico Oficial de Morelos del 31/3/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date31/03/2020

Page count4

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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