Periódico Oficial de Morelos del 12/2/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

12 de febrero de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC
BLANCO
BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
I. DEL PROCESO LEGISLATIVO:
a En Sesión Ordinaria del Pleno iniciada el día 22 de noviembre del año dos mil diecinueve, se presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma, adicionando un párrafo al artículo 135
del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, por conducto de la Diputada Alejandra Flores Espinoza del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional.
b En consecuencia, por instrucciones del Diputado Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, Presidente de la Mesa Directiva y por Acuerdo del Pleno de dicha Sesión Ordinaria, mediante el Turno número SSLyP/DPLyP/AÑO2/P.O.1/0859/19, se procedió a turnar la Iniciativa a la Comisión de Reglamentos, Investigación, Prácticas y Relaciones Parlamentarias, para su respectivo análisis y dictamen.
II. MATERIA DE LA INICIATIVA:
En síntesis, se pretende reformar, adicionando un párrafo al artículo 135 del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos con el propósito de establecer que cuando el número de Diputados que den las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura contenga una fracción, y el decimal sea menor a .49 se debe atender al entero inmediato inferior a dicha fracción.
III. CONTENIDO DE LA INICIATIVA:
En su respectiva exposición de motivos el iniciador plantea lo siguiente:
Hablar de gobernabilidad, es también hablar de responsabilidad, para mantener condiciones adecuadas, aceptables y la capacidad de las instituciones, como es el caso del Congreso del Estado de Morelos, para avanzar hacia objetivos generales y específicos de acuerdo con la Agenda Legislativa presentada por cada Grupo Parlamentario y Fracción Parlamentaria y los Diputados sin partido, es necesario, no encuadrarnos en lo pasado y movilizarnos con coherencia y con energías por parte de todos los que integramos esta LIV Legislatura para conseguir mediante consensos la aprobación de los trabajos legislativos presentados.

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Es por ello, que el pertenecer a esta Legislatura, es una oportunidad para desempeñar las funciones, atribuciones y facultades, con eficiencia y calidad, siendo estos principios los que deben regir el trabajo desempeñado.
El Poder Legislativo del Estado de Morelos ha sufrido cambios en su composición, de integrarse con 30 Diputados la Legislatura pasada a 20 Diputados el día de hoy, se da un paso a una nueva forma de consensos y de trabajos legislativos y parlamentarios.
En un marco de cambios estructurales en lo político y social que se están viviendo en estos tiempos y ante una sociedad más informada y exigente, es así, que es necesario legislar para dar certeza y seguridad en los trabajos del Congreso del Estado, de conformidad con lo establece el marco jurídico del Congreso del Estado de Morelos, y establecer de manera concreta en el Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, lo que se entiende por mayoría calificada cuando se trate de las dos terceras partes de los integrantes de esta Legislatura, y aprobar en base a ello, los asuntos una vez suficientemente discutidos con esa convicción necesaria de que la decisión personal expresada por los Legisladores está dentro de un marco de legalidad, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en su artículo 44 y no caer en discusiones sin sentido, como lo es, que por un lado está la postura de un grupo de Diputados que señalan que las dos terceras partes de los integrantes de esta Legislatura debe ser 14
Legisladores y por otro lado, está la posición del Grupo de Diputados con mayor representación ciudadana y mayoritario dentro del Congreso, que señalamos que las dos terceras partes de los integrantes de esta Legislatura son 13 Diputados.
Luego entonces y para los efectos de evitar estas discusiones, que en los últimos días han tenido su origen en este planteamiento, se considera importante incorporar una reforma al ordenamiento citado, para contar con un Reglamento que tenga claridad de conceptos, como es la mayoría calificada vinculada a lo dispuesto en el artículo 44 de la Constitución Local y así tener certeza jurídica en el proceso de los trabajos legislativos.
De ahí que, las nuevas circunstancias de conformación política en la actual Legislatura, han dado como resultado una parálisis legislativa del trabajo que se desarrolla en el Pleno del Congreso del Estado.
De acuerdo a lo que dispone la Constitución Política de nuestro Estado, una de las facultades con que cuenta el Congreso del Estado de Morelos es el de expedir, aclarar, reformar, derogar o abrogar las Leyes, Decretos y Acuerdos para el Gobierno y Administración Interior del Estado, así como las propias normas que rigen su vida interna.

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Periódico Oficial de Morelos del 12/2/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date12/02/2020

Page count136

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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