Periódico Oficial de Morelos del 31/1/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

31 de enero de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

Situación que no ha podido acontecer respecto del otro Municipio de reciente creación que es Hueyapan, de manera que en términos de la normativa aplicable, particularmente la Ley de Coordinación Fiscal, no le puede corresponder aún participar del Fondo que nos ocupa hasta en tanto tuviere la clave geoestadística que al efecto le asigne el INEGI y además contare con los señalados elementos de precisar por parte del mismo INEGI de manera oficial sus límites y población respecto de dicho Municipio, por lo que se establece en este instrumento la posibilidad de que si durante el presente ejercicio fiscal llegare a cumplir la normativa se procedería a modificar entre el Municipio de reciente creación y el de origen la distribución contenida en el presente Acuerdo, para garantizar una correcta aplicación de los recursos del Fondo que nos ocupa y que no se generen responsabilidades u observaciones como resultado de la fiscalización de tales recursos.
Al respecto, no se inadvierte que la población tanto del Municipio de origen como el de reciente creación puede verse beneficiada y cubiertas sus necesidades por cuanto a los fines legales de este Fondo, debido a que por el momento la aplicación de los recursos se entregan al Municipio de origen, sin que de forma alguna el Estado las retenga para sí, las afecte o las suspenda, pues en principio y conforme a la Ley no es factible que participe de las mismas, y como consecuencia el Estado está imposibilitado jurídicamente para hacer su entrega a dicho Municipio de reciente creación.
Finalmente, no se omite mencionar que el presente Acuerdo guarda vinculación con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad número 5697 de 16
de abril de 2019, el cual señala como su Objetivo estratégico número 5.39 cumplir con los lineamientos en la ejecución de los recursos federales, a través de la estrategia, número 5.39.1 consistente en eficientar la coordinación entre los diferentes niveles de Gobierno que permitan aprovechar al máximo los recursos disponibles.
Por lo expuesto y fundado; tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER
LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL
FONDO
DE
APORTACIONES
PARA
EL
FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE
LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL
DISTRITO FEDERAL, ENTRE LOS MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE MORELOS, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2020

Página 3

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer la distribución entre los municipios del estado de Morelos, de las aportaciones federales previstas en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en proporción directa al número de habitantes con que cuenta cada uno de ellos; así como el calendario de ministración de los recursos para el ejercicio fiscal 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO. Para los efectos del presente Acuerdo se entenderá por:
I. Acuerdo, al presente instrumento;
II. Ejercicio fiscal 2020, al ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de 2020;
III. FORTAMUN, al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;
IV. INEGI, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y V. Presupuesto, al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020.
ARTÍCULO TERCERO. El total de recursos que conforman el FORTAMUN en lo que corresponde al estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2020, asciende a la cantidad de $1,366,597,019.00 UN MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES
QUINIENTOS
NOVENTA
Y SIENTE
MIL
DIECINUEVE PESOS 00/100 M.N..
ARTÍCULO CUARTO. Las aportaciones del FORTAMUN se destinarán a la satisfacción de los requerimientos de los municipios del estado de Morelos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, conforme lo prevén los artículos 37 y 51 de la Ley de Coordinación Fiscal.
ARTÍCULO QUINTO. La fórmula aplicada para la distribución del FORTAMUN considera los datos publicados por el INEGI, correspondientes a la Encuesta Intercensal 2015, en proporción directa al número de habitantes con que cuenta cada uno de los Municipios, tal y como se especifica en la siguiente tabla:

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Periódico Oficial de Morelos del 31/1/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date31/01/2020

Page count16

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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